Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1580/2012

“DISPOSICIÓN RESPECTO INCREMENTOS ESTABLECIDOS EN  LOS ACUERDOS CELEBRADOS CON LOS SINDICATOS MUNICIPALES Y RATIFICADOS  POR ORDENANZA 1.560/2.012”

FUNDAMENTOS

VISTO: La Ordenanza Nº 1.560/2.012 “RATIFICACIÓN DE LOS ACUERDOS CELEBRADOS CON EL SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE ARROYITO (S.O.E.M.A.) Y EL SINDICATO UNIÓN OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DEL ESTE DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA (S.U.O.E.M.).”

Y CONSIDERANDO: Que en los Acuerdos ratificados se dispuso un incremento en los salarios de los trabajadores municipales, a fin de actualizar las remuneraciones de acuerdo a las constantes subas de precios de la actualidad.

Que en los mismos se estableció la aplicación de los incrementos remunerativos a la Planta Política Municipal.

Que debido a la difícil situación financiera que atraviesa la Municipalidad, se ha acordado que los integrantes de la Planta Política del Departamento Ejecutivo Municipal de esta Municipalidad no percibirán los incrementos dispuestos para los meses de Agosto Septiembre y Octubre del corriente año, incluidos en la Cláusula Primera inciso c), d) y e) de los Acuerdos referidos.

Que todos los Bloques que conforman este Cuerpo  consideran que es indispensable incluir a los Miembros del Concejo Deliberante en esta disposición resuelta por el Departamento Ejecutivo Municipal de dejar sin efecto los incrementos referidos, a fin de minimizar los efectos de la crisis referida, e igualmente invitan al Tribunal de Cuentas que proceda de igual manera.

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE 

ORDENANZA:

“DISPOSICIÓN RESPECTO INCREMENTOS ESTABLECIDOS EN  LOS ACUERDOS CELEBRADOS CON LOS SINDICATOS MUNICIPALES Y RATIFICADOS  POR ORDENANZA 1.560/2.012”

Art. 1°)  DÉJASE SIN EFECTO el incremento dispuesto para la Planta Política del Departamento Ejecutivo y los miembros del Concejo Deliberante de esta Municipalidad de Arroyito de los incisos c), d) y e) de la Cláusula Primera de los Acuerdos celebrados con el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Arroyito (S.O.E.M.A.) y el Sindicato Unión Obreros y Empleados Municipales del Este de la Provincia de Córdoba (S.U.O.E.M.), ratificados por Ordenanza Nº 1.560/2012.

Art. 2º) INVÍTASE al Tribunal de Cuentas Municipal a que se adhiera a la presente Ordenanza mediante Resolución dictada por sus miembros.

Art. 3º) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal, Protocolícese y archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A LOS DIECISEIS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOCE.