ORDENANZA N° 998/2001
“REGULACIÓN DE LA PERMANENCIA DE PERROS EN LA VÍA PÚBLICA Y REFUGIO CANINO.” Art. 1): Queda totalmente prohibido el abandono de perros en la vía pública. Únicamente podrán permanecer en ella bajo el cuidado de su propietario o cuidador, mediante el
ORDENANZA N° 997/2001
“LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA N° 01/2001 PARA CONTRATAR LA EXPLOTACIÓN DEL BAR Y RESTAURANTE DE LA ESTACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS DE LA CIUDAD DE ARROYITO.” Art. 1°) LLÁMESE a LICITACIÓN PÚBLICA N° 01/2001, el día y hora que fije por Decreto