ORDENANZA N° 1.525/2.011
“DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA CIUDAD DE ARROYITO” VISTO: Lo dispuesto por el Artículo 155 de nuestra Carta Orgánica Municipal en cuanto a la creación del Defensor del Pueblo de la Ciudad de Arroyito. Y CONSIDERANDO: Que, los orígenes de la Defensoría