ORDENANZA N° 1156/2005
“MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS EJERCICIO 2005”
Art. 1°) ESTABLÉCESE a partir del 1º del julio de 2005, un adicional no remunerativo y mensual en concepto de Asistencia Social, que será percibido por el Personal de Planta Permanente de acuerdo al monto y modo que se detalla:
A) CATEGORÍA 1 A 10 $ 300.00
B) CATEGORÍA 11 A 18 $ 275.00
C) CATEGORÍA 19 A 24 $ 225.00
Art. 2º) ESTABLÉCESE a partir del 1º de julio de 2005, un adicional no remunerativo y mensual en concepto de Asistencia Social para el Personal Contratado con carga horaria de 35 horas semanales, por el monto y modo que se detalla:
A) SALARIOS hasta $ 999 inclusive $ 275.00
B) SALARIOS superiores a $ 1000 inclusive $ 225.00
El Personal Contratado con carga horaria que no supera las 35 horas semanales, recibirá un adicional no remunerativo y mensual en concepto de Asistencia Social al Personal de Pesos Ciento cincuenta ($ 150.00)
Art. 3º) ESTABLÉCESE a partir del 1º de julio de 2005, un adicional no remunerativo y mensual en concepto de Asistencia Social de Pesos Doscientos ($ 275.00) que será percibido por el Personal Jornalizado.
Art. 4º) ESTABLÉCESE a partir del 1º de julio de 2005, un adicional no remunerativo y mensual en concepto de Asistencia Social de Pesos Ciento cincuenta ($ 150.00) que será percibido por los beneficiarios del Programa “BECAR” establecido por Ordenanza 1025/2002 y 1084/2003.
Art. 5º) ESTABLÉCESE que los adicionales establecidos en los artículos precedentes, sin perjuicio de que el Departamento Ejecutivo realice una evaluación a los seis meses de su implementación, tendrán una vigencia de doce meses (12) corridos y serán absorbidos por futuros incrementos derivados de aumento de remuneraciones de los agentes municipales.
Art. 6º) ESTABLÉCESE retroactivo al 1º de enero de 2005, un aumento de Pesos Doscientos cincuenta ($ 250.00) de la Dieta de los Concejales.
Art. 7º) ESTABLÉCESE retroactivo al 1º de enero de 2005, un aumento de Pesos Doscientos cincuenta ($ 250.00) de la remuneración de los Tribunos de Cuenta.
Art. 8º) ESTABLECESE a partir del 1º de julio de 2005, un aumento de Pesos Trescientos veinticinco ($ 325.00) no remunerativo al Secretario del Concejo Deliberante.
Art. 9º) IMPÚTESE el gasto de lo establecido en los Artículos 1º, 2º y 3º a la partida 9.1.1.01.05.00.00.00 Asistencia Social al Personal.
Art. 10º) IMPÚTESE el gasto de lo establecido en el Artículo 4º a la partida 9.1.3.05.02.10.00.00 Programa Municipal de Pasantías.
Art. 11º) IMPÚTENSE los aumentos de la Dieta de los Concejales a la partida 9.1.1.01.01.01.01.07 Miembros del C.D. (6).
Art. 12º) IMPÚTENSE los aumentos de la remuneración de los Tribunos de Cuenta a la partida 9.1.1.01.01.01.01.08 Miembros del T.C. (3)
Art. 13º) INCORPÓRASE la partida presupuestaria de ingresos 8.2.2.01.13.00.00.00 Cuotas Beneficiarios 48 Viviendas y la Partida de egresos 9.2.3.10.02.01.03.00 IPV – 48 viviendas Devolución Crédito.
Art. 14º) MODIFÍCASE el PRESUPUESTO DE GASTOS VIGENTE, con el objeto de poder hacer frente a lo establecido por los Considerandos y Artículos precedentes, y conforme al siguiente detalle:
PARTIDAS DE INGRESOS A INCREMENTAR
PARTIDA PRES.VIGENTE INCREMENTO PRES.RECTIF.
8.1.1.01.01.00.00.00 – Const. s/inmuebles $ 700.000,00 $ 110.000,00 $ 810.000,00
8.2.1.02.01.00.00.00 – Cont.s/Comercio $ 1.200.000,00 $ 110.000,00 $ 1.310.000,00
8.1.1.01.14.00.00.00 – Derechos de Oficina $ 150.000,00 $ 60.000,00 $ 210.000,00
8.1.1.01.18.02.00.00 – Comercio e Industria $ 429.500,00 $ 56.500,00 $ 486.000,00
8.1.2.01.03.00.00.00 – Coparticipación Imp. $ 2.400.000,00 $ 247.800,00 $ 2.647.800,00
8.2.2.01.13.00.00.00 – Cuota Benef. 48 viv. $ ———– $ 63.360,00 $ 63.360,00
8.3.1.01.01.00.00.00 – Fondo de Reparo $ 5.000,00 $ 50.000,00 $ 55.000,00
TOTAL INCREMENTO $ 697.660,00
PARTIDAS DE EGRESOS A INCREMENTAR
PARTIDA PRES.VIGENTE INCREMENTO PRES.RECTIF.
9.1.1.01.01.01.01.07 – Miembros del C.D. (6) $ 40.844,88 $ 22.200,00 $ 63.044,88
9.1.1.01.01.01.01.08 – Miembros del T.C. (3) $ 20.422,44 $ 9.000,00 $ 29.422,44
9.1.1.01.05.00.00.00 – Asist.Social al Personal $ 290.000,00 $ 265.000,00 $ 555.000,00
9.1.3.05.02.10.00.00 – Programa M. Pasantías $ 180.000,00 $ 80.000,00 $ 260.000,00
9.1.1.03.16.00.00.00 – Otros Servicios $ 180.000,00 $ 120.000,00 $ 300.000,00
9.2.3.10.02.01.03.00 – IPV 48 Viv. Dev. Créd. $ ———— $ 63.360,00 $ 63.360.00
9.3.1.01.01.01.00.00 – Fondo de Reparo $ 5.000,00 $ 50.000,00 $ 55.000,00
9.1.3.06.02.01.01.00 – Sub.Reint. (comp..Mat.) $ 5.000,00 $ 60.000,00 $ 65.000,00
9.1.1.01.02.01.01.00 – Personal Contratado $ 158.000,00 $ 6.000,00 $ 164.000,00
9.1.1.01.01.03.01.00 – Aguin. Pers.Permanente $ 172.000,00 $ 15.600,00 $ 187.600,00
9.1.1.01.01.04.01.00 – Aporte 20% Per. Perm. $ 340.000,00 $ 6.500,00 $ 346.500,00
TOTAL INCREMENTO $ 697.660,00
Art. 15º) Con la presente Modificación, el monto total del Presupuesto de Gastos vigente asciende para el Ejercicio 2005 a la suma de Pesos DIEZ MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA ($ 10.667.260,00)
Art. 16º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dése al Registro Municipal, Protocolícese y Archívese.