Concejo Deliberante

ORDENANZA Nº 2179/2026

“AUTORIZACIÓN AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL A TOMAR CRÉDITO EN EL BANCO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA S.A. A FIN DE ADQUIRIR UNA MOTONIVELADORA FPY150 MOTOR CUMMINS 152 HP 0 KM”

VISTO: La necesidad de adquirir nueva maquinaria, fundamental para mejorar los servicios municipales, especialmente en lo que respecta a la obra pública y mantenimiento de caminos. 

Y CONSIDERANDO: Que, la motoniveladora FPY150 es un equipo de alta capacidad y eficiencia, diseñado para realizar trabajos de nivelación, mantenimiento de calles y caminos, y preparación de terrenos para futuras obras. Su adquisición permitirá optimizar los tiempos de trabajo y asegurar una ejecución más efectiva en las tareas municipales, pudiendo así atender de manera más rápida y eficiente las demandas de la comunidad, mejorando la calidad de los servicios públicos de mantenimiento vial, infraestructura y otros.

Que la adquisición mediante el crédito que se contrataría con el Banco de la Provincia de Córdoba S.A. se presenta como una excelente oportunidad financiera, dada la posibilidad de tasas de interés competitivas y condiciones de pago accesibles. Esto permitiría al municipio adquirir la motoniveladora sin comprometer de manera significativa el presupuesto municipal. 

Que la inversión en maquinaria pesada representa un paso hacia la modernización de los recursos con los que cuenta la municipalidad, facilitando una respuesta más efectiva ante situaciones climáticas adversas y el desgaste natural de las vías públicas.

Que de acuerdo a los lineamientos establecidos en la normativa municipal, es necesario contar con la autorización del Concejo Deliberante para la toma de crédito y la adquisición de manera directa de esta maquinaria, en las condiciones propuestas por la entidad financiera. 

Que tal cual lo establece el Art. 66 inc. 1 y 21 de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Concejo Deliberante sancionar ordenanzas de competencia municipal y autorizar .

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA 

CON

FUERZA DE ORDENANZA

“AUTORIZACIÓN AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL A TOMAR CRÉDITO EN EL BANCO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA S.A. A FIN DE ADQUIRIR UNA MOTONIVELADORA FPY150 MOTOR CUMMINS 152 HP 0 KM”

Art. 1°) AUTORÍZASE al Sr. Intendente de la Municipalidad de Arroyito, Sr. Benedetti Gustavo Ariel,  a tomar crédito en el Banco de la Provincia de Córdoba S.A. por hasta la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MILLONES ($ 240.000.000,00) conforme las siguientes características: PLAZO:  hasta 48 meses, con hasta 12 meses de gracia de capital, TASA VARIABLE: BADLAR más hasta 9 (nueve) puntos porcentuales, GARANTIA: prenda sobre bienes a adquirir y cesión de pago de los derechos creditorios y/o patrimoniales y acciones que tienen y le corresponden, en concepto de coparticipación federal de impuestos, en el marco del RÉGIMEN DE COPARTICIPACION DE IMPUESTOS ENTRE LA PROVINCIA DE CORDOBA Y SUS MUNICIPALIDADES Y COMUNAS, CONFORME LEY N° 8.663, SEGURO: sobre el bien a financiar con seguros patrimoniales a través de BANCOR, gastos de otorgamiento 1% , con destino FINANCIACION DE BIENES DE CAPITAL CON GARANTIA PRENDARIA, BAJO LA LINEA DE FINANCIAMIENTO PARA MUNICIPIOS Y COMUNA A TRAVES DE BANCOR. 

Art. 2°) AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder en pago en forma  irrevocable a favor del Banco de la Provincia de Córdoba S.A. (cesión pro solvendo), los derechos de cobro sobre las sumas que le corresponda percibir al Municipio de la Ciudad de Arroyito por el Régimen de Coparticipación de Impuestos entre la Provincia y sus Municipalidades y Comunas (Ley 8663), por hasta la suma de pesos doscientos cuarenta millones ($240.000.000.-)  en concepto de capital, con más los  intereses, gastos, y otros conceptos del referido crédito. 

Art. 3°) AUTORÍZASE, en su caso, a la Contaduría General de la Provincia a retener inmediatamente de notificada la referida cesión del Régimen de Coparticipación citado, los importes necesarios para la ejecución de la misma conforme lo resuelto en la presente Ordenanza.

Art. 4°) AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a Constituir Derecho Real de Prenda a favor del Banco de la Provincia de Córdoba sobre el siguiente Bien: MOTONIVELADORA FPY150 MOTOR CUMMINS 152 HP MARCHAS CON JOYSTICK CABINA CON A/C PESO OPERATIVO 13000KG 9 RIPPER Y 5 ESCARIFICADORES VERTEDERA DE 3660 MM UNIDAD O KM.

Art. 5°) FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir toda la documentación que sea necesaria a los fines de cumplimentar con lo dispuesto en los artículos precedentes, en los términos y condiciones establecidos en la presente Ordenanza.

Art. 6º) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al registro Municipal y protocolícese.

DADA EN SESIÓN ESPECIAL EN EL RECINTO DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTISEIS.