ORDENANZA Nº 2157/2025
“AUTORIZACIÓN AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL PARA
SUSCRIBIR EL ACUERDO URBANÍSTICO CON EL SR. NORBERTO
ROQUE CIANCIA”.
VISTO: El Acuerdo Urbanístico a celebrarse entre la Municipalidad de la Ciudad de
Arroyito, representada en este acto por el señor Intendente Municipal Don
Gustavo Ariel BENEDETTI, y el Sr. Norberto Roque CIANCIA, CUIT: 23-
12328389-9, referido a la entrega de materiales para la realización de un playón
deportivo de 200 m2 (20 m3 de hormigón elaborado), un aro de básquet de
estructura metálica y un tejido perimetral de 40 ml de 1.80 m de altura dentro de
la obra pública identificada como: Plaza Barrio municipal en el Espacio verde
ubicado frente a la Manzana N° 681, del Catastro Municipal, en el marco del
Capítulo 2 del Código Urbanístico Municipal vigente (CUMV) y la Ordenanza
Nro. 1931/2020.
Y CONSIDERANDO: Que el convenio se suscribirá a los fines de determinar la
manera en que el Sr. Ciancia abonará el Derecho de Participación
Municipal dada la valorización inmobiliaria fruto de la visación
del plano de MENSURA, UNION Y SUBDIVISION de parcelas
identificadas con nomenclatura 3005040203057100 y
3005040203057101, como régimen de excepción al Capítulo 2
del CUMV. El pago se realizará mediante el aporte de materiales
para construcción de un playón deportivo de 200 m2 aproximado
con un aro de básquet (medidas reglamentarias), y tejido
perimetral de 40 metros lineales.
Que, de acuerdo a lo informado por el área de Obras Privadas
Municipal, la propuesta de subdivisión del propietario antedicho
cumple con los requerimientos mínimos de la normativa vigente.
Que la obra a realizarse implicará un beneficio a toda la
comunidad, ya que permite complementar la obra pública de
refuncionalización del espacio verde mencionado, brindando un
espacio de esparcimiento y recreación, y posibilitando, a su vez,
la práctica de actividades deportivas tan preciadas para la
comunidad. Este aporte por parte del Sr. Ciancia, se condice con
los fines planteados en la Ordenanza N° 1.931/2.020 “DERECHO
DE PARTICIPACIÓN MUNICIPAL EN LAS
VALORIZACIONES INMOBILIARIAS”, en el sentido que
aplica el principio de reparto equitativo de cargas y beneficios,
procurando evitar que los beneficios recibidos se incorporen
injustamente al patrimonio individual como enriquecimiento sin
causa justa y puedan ser compartidos con toda la sociedad que
ha permitido/favorecido las valorizaciones de las cuales el
desarrollo en cuestión hará uso.
Que es atribución del Concejo Deliberante la intervención en este
tipo de convenios a celebrarse por el Departamento Ejecutivo con
entes públicos o privados provinciales y nacionales. Por esta
razón se somete a la consideración del Cuerpo Legislativo la
propuesta de convenio en un todo de acuerdo con lo preceptuado
por las normas en vigencia.
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA
CON
FUERZA DE ORDENANZA
“AUTORIZACIÓN AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL PARA
SUSCRIBIR EL ACUERDO URBANÍSTICO CON EL SR. NORBERTO
ROQUE CIANCIA”.
Art. 1º) AUTORÍZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL a
suscribir convenio con el Sr. CIANCIA NORBERTO ROQUE, CUIT 23-
12328389-9, formulado a los efectos de dar cumplimiento a la Ordenanza N°
1931/2020 y dotando de obras de envergadura y suma necesidad y otros
servicios y beneficios para la ciudad de Arroyito, en los términos que se
enuncian en documental adjunta, formando parte de la presente Ordenanza.
Art. 2º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dése al registro Municipal y Protocolícese.
DADA EN SESIÓN ORDINARIA EN EL RECINTO DEL CONCEJO DELIBERANTE DE
LA CIUDAD DE ARROYITO A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE
DOS MIL VEINTICINCO.