Concejo Deliberante

ORDENANZA Nº 2156/2025

“READECUACIÓN DEL SENTIDO DE CIRCULACIÓN EN LAS CALLES BERNARDO ERB, RAÚL RICARDO ALFONSÍN Y RIVADAVIA FRENTE AL CUARTEL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS” 

VISTO: La siniestralidad vial y la falta de fluidez del tránsito vehicular y generar mejores condiciones de control del tránsito en distintos sectores de nuestra ciudad y que además existen propuestas presentadas con anterioridad ante el Concejo Deliberante.

Y CONSIDERANDO: Que la Municipalidad de Arroyito, cuenta con una Secretaría de Seguridad y una Coordinación de Defensa Civil, Planificación Vial y Cartelería, con destacados conocimientos sobre la seguridad vial, en concordancia con la Carta Orgánica Municipal que establece como una de las políticas de Desarrollo Urbano: Planificar el desarrollo urbano atendiendo a las necesidades cotidianas de los vecinos y a la integración de las diferentes actividades que forman parte del quehacer ciudadano y coordinar políticas de tránsito mediante principios de circulación de vehículos y peatones, basados en la fluidez, la seguridad y la salud humana (incisos 1 y 9 del Artículo 25 de la COM). 

Que existe la necesidad de atender los reclamos sociales referidos a circulación indebida, ruidos molestos, en especial en la zona de nuestro Hospital Municipal y la zona comercial adyacente. Esta readecuación aportará una mejora al ordenamiento de la calle Bernardo Erb y dispersión del tránsito de motocicletas, vehículos y camiones que utilizan habitualmente estas arterias. 

Que la medida genera beneficios complementarios como mejorar la seguridad vial, al eliminar maniobras conflictivas derivadas de la doble mano, favorecer la operatividad de los servicios de emergencia, especialmente en cercanías del Hospital Municipal, ordenar el tránsito vehicular, liberando espacio y mejorando la visibilidad. A su vez, esta medida contribuirá al desarrollo urbano equilibrado, al redistribuir el tránsito hacia otros corredores.

Que, además, existen otras propuestas presentadas por el Bloque Juntos por el Cambio, sobre la reorganización y cambio a sentido único de la calle Raúl Ricardo Alfonsín, y restablecer el doble sentido de circulación de la calle Rivadavia en la cuadra ubicada frente al Cuartel de Bomberos Voluntarios de Arroyito.

                                 Que particularmente, la modificación del sentido de las calles, ayudará a descomprimir el tránsito en la zona de la costanera, ordenará el tránsito en el ingreso y salida hacia el Sur de nuestra ciudad, y facilitará la salida de los vehículos de emergencia. El alto impacto en la población y las costumbres de circulación, justifica que la presente medida adquiera una mayor institucionalidad posible, mediante el dictado de una norma de carácter legislativo, que le dará la impronta de una política de Estado, necesaria para implementarla de manera eficaz y definitiva. 

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA 

CON

FUERZA DE ORDENANZA

“READECUACIÓN DEL SENTIDO DE CIRCULACIÓN EN LAS CALLES BERNARDO ERB, RAÚL RICARDO ALFONSÍN Y RIVADAVIA FRENTE AL CUARTEL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS” 

Art. 1º) ESTABLÉZCASE el sentido único de circulación de la calle Bernardo Erb, en el sentido Norte-Sur, en el tramo comprendido entre Av. Marcial Vaudagna y Av. Mariano Moreno.

Art. 2º) DISPÓNESE los medios necesarios para modificar el sentido de circulación de la calle Raúl Ricardo Alfonsín, entre la Av. Manuel Serra y Bv. Dalle Mura, convirtiéndola en una vía de sentido único Sur-Norte.

Art. 3º) RESTABLÉZCASE el doble sentido de circulación en la calle Rivadavia frente al Cuartel de Bomberos Voluntarios de Arroyito, en el tramo comprendido entre Av. Marcial Vaudagna y calle Domingo Ciancia.

Art. 4º) DISPÓNESE el estacionamiento en cordón exclusivamente sobre la acera derecha de las calles mencionadas y conforme al nuevo sentido de circulación, con las salvedades de los tramos que la Autoridad de Aplicación determine como restringidos por razones de visibilidad, accesos a cocheras, paradas de transporte, rampas o frentistas prioritarios (salud/educación). 

Art.5º) Señalización y Demarcación. La Autoridad de Aplicación colocará las señalizaciones pertinentes de acuerdo a las leyes de tránsito, y toda señalización vertical y horizontal necesaria y donde corresponda conforme a normativa vigente, pudiendo realizar toda obra complementaria que facilite esta adecuación de sentido de circulación. 

Art. 6º) Autoridad de Aplicación

Será Autoridad de Aplicación la Secretaría de Seguridad y/o el área municipal que en el futuro la reemplace, quedando facultada para dictar las normas complementarias y realizar los ajustes operativos y plazos que demande la implementación.

Art.7º) DISPÓNESE que nuevas disposiciones vinculadas al tránsito estarán determinadas por el área del Departamento Ejecutivo Municipal que corresponda.

Art. 8º) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.

DADA EN SESIÓN ORDINARIA EN EL RECINTO DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO.