ORDENANZA Nº 2150/2025
“RATIFICACIÓN DEL COMPROMISO DE COMPRAVENTA SUSCRIPTO ENTRE EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL Y LAS SEÑORAS PAULA LORENZI Y LARA LORENZI SOBRE EL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO LOTE 10 DE LA MANZANA 58 DEL CATASTRO PARCELARIO MUNICIPAL”.
VISTO: La oportunidad de adquirir el inmueble contiguo a la Municipalidad, a los fines de cuadrar el predio donde funcionan gran parte de las dependencias administrativas municipales, resultando necesario que se arbitren los medios para adquirirlo de manera directa, dada su especificidad y conveniencia.
Y CONSIDERANDO: Que el incremento poblacional y la consecuente ampliación y diversificación de los servicios brindados por la Municipalidad, ha llevado a la necesidad de ampliar las instalaciones municipales a fin de contar con un espacio adecuado que permita un mejor desempeño de las funciones administrativas de la Municipalidad.
Que las actuales instalaciones municipales han mostrado limitaciones para satisfacer de manera adecuada las necesidades de atención a los ciudadanos y el desarrollo de las tareas administrativas.
Que, dada esta situación, desde el mes de diciembre del año 2.024, el Municipio viene locando el inmueble sito en calle General Paz N° 933, para el funcionamiento del área de Habilitación de Comercio y Bromatología, a lo que se ha anexado el área de Cartelería. La coordinación de las tareas del sector con el resto de las áreas administrativas ha sido muy beneficioso, evidenciando la conveniencia de contar con mayor infraestructura para brindar los servicios municipales.
Que este inmueble se encuentra disponible para su venta y representa una oportunidad estratégica para la expansión de las instalaciones municipales. Por este motivo, se solicitó una tasación del lugar y se hizo un ofrecimiento acorde, el que fue aceptado por sus propietarios, mediante el compromiso de venta que se suscribió en consecuencia.
Que la adquisición de este inmueble fortalecerá la capacidad operativa de la Municipalidad y permitirá la implementación de nuevos servicios, así como la mejora de los existentes.
Que, conforme a la legislación vigente y al presupuesto municipal, se cuenta con los recursos necesarios para la compra del mencionado inmueble.
Que según lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 66 inc. 10º), es atribución de ese Cuerpo autorizar las adquisiciones que realice el Departamento Ejecutivo.
Que dado que todos los precios de este tipo de bienes, exceden los montos establecidos en la Ordenanza Presupuestaria para la adquisición de bienes, y la especialidad de la contratación, resulta conveniente proceder a la compra de manera directa, como lo autoriza el inciso c del Artículo 56º de la Ordenanza N° 2.120/2.024 “PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y CÁLCULO DE RECURSOS AÑO 2.025”, el cual dice: “El Departamento Ejecutivo podrá contratar en forma directa y con Ordenanza particular en los siguientes casos: b) Cuando las obras, cosas o servicios sean de tal naturaleza que sólo puedan confiarse a artistas o especialistas de reconocida capacidad; y c) Cuando se trate de productos fabricados y distribuidos exclusivamente por determinadas personas o entidades o que tengan un poseedor único y cuando no hubiera sustitutos convenientes”. Si bien en el caso no se trata de un artista o especialista o de un producto fabricado, la especialidad y naturaleza de la cosa (inmueble) a adquirir, justifica la adquisición a sus únicas propietarias
Que, en consecuencia, resulta necesario contar con la ratificación del compromiso de compraventa, implicando una autorización por parte del Concejo Deliberante para la adquisición antedicha.
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA
CON
FUERZA DE ORDENANZA
“RATIFICACIÓN DEL COMPROMISO DE COMPRAVENTA SUSCRIPTO ENTRE EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL Y LAS SEÑORAS PAULA LORENZI Y LARA LORENZI SOBRE EL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO LOTE 10 DE LA MANZANA 58 DEL CATASTRO PARCELARIO MUNICIPAL”.
Art. 1°) RATIFÍCASE EL COMPROMISO DE COMPRAVENTA de fecha doce de septiembre de dos mil veinticinco, suscripto entre el Departamento Ejecutivo Municipal y las señoras Paula Lorenzi y Lara Lorenzi sobre el inmueble ubicado sobre calle General Paz N° 933, designado como: Lote B de la Manzana 58 que, según Expediente N° 3205-047704/1974 de la Dirección General de Catastro, se describe como sigue: PARCELA de 6 lados, que partiendo del vértice D con ángulo de 89º 24′ 30″ y rumbo suroeste hasta el vértice E mide 9,71 m colindando con calle General Paz; desde el vértice E con ángulo de 89º 48′ 50″ hasta el vértice F mide 9,23 m colindando con lote a del mismo plano; desde el vértice F con ángulo de 270º 11′ 10″ hasta el vértice G mide, 32 m colindando con lote a del mismo plano; desde el vértice G con ángulo de 89º 41′ 40″ hasta el vértice H mide 13,14 m colindando con lote a del mismo plano; desde el vértice H con ángulo de 91º 1′ 40″ hasta el vértice I mide 9,70 m colindando con lote a del mismo plano; desde el vértice I con ángulo de 89º 52′ 0″ hasta el vértice inicial mide 22,49 m colindando con parte de Lucio Almada; cerrando la figura con una SUPERFICIE de 218,49 m².
Art. 2º) AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir la documentación que fuera necesaria a efectos de la inscripción registral del inmueble en cuestión a nombre de la Municipalidad de Arroyito.
Art. 3°) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese al registro Municipal y Protocolícese.
DADA EN SESIÓN ESPECIAL EN EL RECINTO DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO.