ORDENANZA Nº 2130/2025
“AUTORIZAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL A SUSCRIBIR EL CONVENIO DE COLABORACIÓN INSTITUCIONAL CON LA COMUNIDAD REGIONAL DEL DEPARTAMENTO SAN JUSTO”.
VISTO: El anuncio del Gobernador Martín Llaryora de girar los fondos necesarios para terminar el edificio donde funciona la Escuela Proa de Arroyito.
Y CONSIDERANDO: Que las Escuelas ProA son escuelas modelo en innovación educativa, que forman jóvenes especializados en Desarrollo de Software y en Biotecnología, en jornadas de 8 horas, con participación en clubes de ciencias, arte, deportes, talleres de inglés aplicado y clases específicas vinculadas a la especialidad, que incluyen tutorías y jornadas de profundización.
Que actualmente, funcionan más de 40 Escuelas ProA en toda la provincia, aunque no todas cuentan con el edificio propio, acorde a las actividades que allí se realizan. Arroyito fue, hasta el 2024 una de las ciudades que no contaban con edificio propio por encontrarse la construcción de la escuela demorada por múltiples factores. Ante los insistentes reclamos de estudiantes, padres y vecinos de nuestra ciudad, el Gobierno Municipal incrementó los esfuerzos para gestionar la culminación de todas las etapas de la obra, a fin de que los jóvenes estudiantes que asisten a la institución cuenten con todas las herramientas y condiciones óptimas para su cabal desarrollo.
Que para poder contar con una injerencia directa en la finalización de la obra y lograr la culminación de las obras complementarias de la Escuela Proa de nuestra Ciudad, este Municipio debe aunar fuerzas y prestar colaboración mutua con la responsable de su ejecución, es decir la Comunidad Regional del Departamento San Justo. En consecuencia, esta entidad prestará conformidad para que la Municipalidad de Arroyito, ya sea por sí misma o por terceros, ejecute las tareas descriptas en el Anexo II del convenio a suscribirse, comprometiéndose la Comunidad a gestionar en forma conjunta con la Municipalidad los fondos que sean necesarios para los mismos.
Que la autorización de la suscripción de este acuerdo, debe ir acompañada de herramientas que permitan cumplir con los compromisos de la manera más conveniente y transparente posible, habilitando al Departamento Ejecutivo Municipal a que contrate de manera directa las obras descriptas, a fin de agilizar los procedimientos para la adquisición de los materiales necesarios para la continuidad de la obra, la contratación de su mano de obra y la prestación de los servicios complementarios necesarios. Por ello, resulta conveniente regular la manera de contratar con estos fines a fin de darle un impulso certero que implique la culminación con la mayor celeridad posible.
Que con esta regulación se procura agilizar los mecanismos de contratación particular, garantizando siempre la mayor transparencia a esos efectos, y obteniendo también las condiciones más beneficiosas para el municipio en cada una de ellas.
Que una Ciudad de la Educación es aquella que prioriza brindar a sus habitantes una educación de calidad, integral e inclusiva a lo largo de toda la vida. En este sentido, resulta necesario brindar los espacios acordes al crecimiento de nuestra ciudad, con las obras de infraestructura necesarias para la concreción de dichos fines.
Que este tipo de colaboración entre la Comunidad Regional y el Municipio, requiere de la intervención del Concejo Deliberante, mediante la sanción de una Ordenanza que autorice al Departamento Ejecutivo a suscribir el convenio de colaboración, así como la autorización de realizar las contrataciones necesarias, de acuerdo a lo normado por la Ordenanza N° 2120/2024.
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON
FUERZA DE ORDENANZA
“AUTORIZAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL A SUSCRIBIR EL CONVENIO DE COLABORACIÓN INSTITUCIONAL CON LA COMUNIDAD REGIONAL DEL DEPARTAMENTO SAN JUSTO”.
Art. 1°) AUTORÍZASE al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL a suscribir Convenio de Colaboración Institucional con la COMUNIDAD REGIONAL DEL DEPARTAMENTO SAN JUSTO, conforme el modelo de convenio que se acompaña a la presente, con el fin de la culminación de las obras complementarias de la Escuela Proa que se detallan en el Anexo II del convenio.
Art. 2°) AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir toda la documentación que fuere menester para dar cumplimiento a lo dispuesto en el convenio mencionado en el artículo anterior.
Art. 3°) AUTORÍZASE al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL a contratar de manera directa -previo pedido de cotización como mínimo de tres presupuestos- la mano de obra, prestación de servicios y adquisición de materiales que fueran necesarios a los efectos de culminar de forma urgente las labores que requiere esa institución escolar.
Art. 4°) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal, protocolícese y archívese.
DADA EN SESIÓN ESPECIAL EN EL RECINTO DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A LOS DIESISIETE DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL VEINTICINCO.