Concejo Deliberante

ORDENANZA Nº 2102/2024

“REGULACIÒN DE LA MODALIDAD DE COMPRAS DE LOS INSUMOS DEL PROGRAMA PAICOR

VISTO: La delegación de la prestación del servicio PAICor a la Municipalidad de Arroyito.

CONSIDERANDO: Que desde hace más de 10 años la Municipalidad de Arroyito, viene prestando el servicio del PAICor por delegación de la Provincia.

Que, la implementación de este programa a través del Municipio permite conocer las particularidades del mismo y ajustar su desarrollo a las necesidades reales de cada uno de los centros educativos en donde se brinda, procurando una mayor eficacia y eficiencia en su ejecución. 

Que ante los cambios económicos de nuestro país y a los fines de prestar un buen servicio y que el mismo mantenga su calidad, resulta conveniente regular la manera de contratar la adquisición de los insumos que componen los módulos PAICor.

Que con esta regulación se procura agilizar los mecanismos de contratación particular garantizando siempre la mayor transparencia a esos efectos, y obteniendo por su parte las condiciones más beneficiosas para el municipio en cada una de ellas.

Que el Departamento Ejecutivo estima necesario contar con herramientas que permitan cumplir con los compromisos de la manera más conveniente y transparente posible.  

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON 

FUERZA DE ORDENANZA

“REGULACIÒN DE LA MODALIDAD DE COMPRAS DE LOS INSUMOS DEL PROGRAMA PAICOR”

Art 1º) AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a la realización de compras directas para adquirir los insumos necesarios, a efectos de la ejecución del programa PAICor, con la presentación de tres presupuestos en cada caso, siendo los límites de dichas contrataciones el monto total que ingrese mensualmente al mencionado programa, en la cuenta Nº 1.1.2.02.01.01.02 Aportes para PAICor y la imputación en la cuenta Nº 1.1.3.01.01.04.02 Convenio Descentraliz. PAICor.

Art. 2º) FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar la aplicación de las disposiciones de la presente ordenanza.

Art. 3º) COMUNÍCASE, Publíquese y archívese.

DADA EN SESIÓN ORDINARIA EN EL RECINTO DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO.