Concejo Deliberante

ORDENANZA Nº 2095/2024

“COMPLEMENTO A LAS ORDENANZAS N° 1.848/2.018 Y 1.947/2.21 DE ARROYITO”

VISTO: La nota presentada por el Sr. Adrián Ernesto García, Presidente de la Asociación Mutual Arroyito, el día 8 de abril del corriente año, relacionada con las Ordenanzas N° 1.848/2.018 y 1.947/2.021, mediante la cual solicitan la aceptación de donaciones a favor del Dominio Público de la Municipalidad de Arroyito, para ser destinado a calles públicas, Espacios Verdes y Equipamiento Socio Comunitario, en relación al último de los planos aprobados por la MUNICIPALIDAD DE ARROYITO, según Ordenanza N° 1.947/2.021.

Y CONSIDERANDO: Que el requerimiento se realiza conforme la observación planteada por la Dirección General de Catastro de la Provincia, referida a que la aceptación de las donaciones ya realizadas mediante Ordenanza N° 1.848/2.018, deben realizarse nuevamente respecto del nuevo plano aprobado mediante la Ordenanza N° 1.947/2.021.  

Que por Ordenanza N° 1.848/2.018 de fecha 10 de diciembre de 2.018, se aprueba el plano de Mensura, Unión y Loteo de los terrenos de Asociación Mutual Arroyito, confeccionado por el Ing. Guillermo V. Velázquez, M.P. N° 4634/X, cuya designación catastral es la siguiente: 30-05-04-01-03, manzana nro. 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42 y 43; Cuenta N° 3005-2237.865/1, 3005-4.158.579/0 y 3005-4.158.577/3, inscripta en el Registro General de la Provincia bajo las Matrículas Folio Real N° 868.276, 1.587.954 y 1.587.955

Que por Ordenanza N° 1.947/2.021 se modificó el Artículo 1 de la Ordenanza N° 1.848/2.018, quedando redactado de la siguiente manera: MODIFÍCASE el Artículo 1° de la Ordenanza N° 1.848/2.018 ‘APROBACIÓN DEL PLANO DE MENSURA, UNIÓN Y LOTEO, DE PROPIEDAD DE LA ASOCIACIÓN MUTUAL ARROYITO’, quedando redactada de la siguiente forma:

Art. 1°) APRUÉBASE el Plano de Mensura y Loteo del terreno de propiedad de “ASOCIACIÓN MUTUAL ARROYITO”, confeccionado por el Ingeniero Civil Guillermo E. Velázquez, M.P. N° 4634/X, que se adjunta a la presente Ordenanza, cuya designación catastral es la siguiente: 30-05-4254664/0, inscripta en el Registro General de la Provincia bajo la Matrícula Folio Real N° 1.728.522.

Que la observación realizada por la Dirección General de Catastro a la Asociación Mutual Arroyito, es razonable toda vez que se trata de planos diferentes, el primero es un plano de mensura, unión y loteo, mientras que el segundo, es un plano de mensura y loteo. En consecuencia, corresponde que el Municipio acepte las donaciones de las calles públicas, Espacios Verdes y Equipamiento Socio Comunitario, efectuadas por la Asociación Mutual Arroyito, sobre la base del último plano aprobado. 

Que en relación al compromiso asumido por la Asociación mediante la Ordenanza N° 1.848/2.018, respecto a la realización de un aporte para la realización del pozo de agua corriente en el momento que corresponda, cabe manifestar que este se encuentra pendiente de cumplimiento. 

Que el presente pedido se ajusta a derecho toda vez que las donaciones solicitadas no difieren del proyecto y plano original, es decir que se realizan sobre la base del nuevo Plano de Mensura y Loteo aprobado mediante Ordenanza N° 1.947/2.021, el que mantiene la misma cantidad de lotes e implica la misma cantidad de superficie donada a favor del Dominio Público de la Municipalidad de Arroyito con destino a calles públicas y a Espacio Verde, y a favor del Dominio Privado Municipal con destino a Equipamiento Socio Comunitario, por lo que su nueva aceptación no implica ningún desmedro ni modificación alguna a los intereses municipales. 

Que es atribución del Concejo Deliberante resolver sobre el particular, sobre la base de las atribuciones conferidas en la Carta Orgánica Municipal. 

        POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON 

FUERZA DE ORDENANZA

“COMPLEMENTO A LAS ORDENANZAS N° 1.848/2.018 Y 1.947/2.21 DE ARROYITO”

Art. 1º) ACÉPTASE la donación a favor del Dominio Público de la Municipalidad de Arroyito, por parte de “ASOCIACIÓN MUTUAL ARROYITO”, de una superficie de terreno de 65.974,86 metros cuadrados con destino a calles públicas.

Art. 2º) ACÉPTASE la donación a favor del Dominio Público de la Municipalidad de Arroyito, por parte de “ASOCIACIÓN MUTUAL ARROYITO”, de una superficie de terreno de 12.055,00 metros cuadrados con destino a Espacio Verde, designados catastralmente como: Lote 100 de la Manzana 33, Lote 111 de la Manzana 42 y Lote 100 de la manzana 22.

Art. 3º) ACÉPTASE la donación a favor del Dominio Privado de la Municipalidad de Arroyito, por parte de “ASOCIACIÓN MUTUAL ARROYITO”, de una superficie de terreno de 6.536,25 metros cuadrados con destino a Equipamiento Socio Comunitario, designado catastralmente como: Lote 100 de la Manzana 26 y Lote 100 de la Manzana 21.

Art. 4°) COMUNÍQUESE, Publíquese, dése al registro Municipal y Protocolícese.

DADA EN SESIÓN ORDINARIA EN EL RECINTO DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICUATRO.