Concejo Deliberante

ORDENANZA Nº 2057/2023

“RATIFICACIÓN DEL CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN Y COLABORACIÓN MUTUA ENTRE MUNICIPIOS Y EL MINISTERIO DE COORDINACIÓN DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA”  

VISTO: El Convenio Marco de Cooperación y Colaboración mutua entre Municipios y el Ministerio de Coordinación de la Provincia de Córdoba suscripto por el Intendente Gustavo Ariel Benedetti y la Ministra Silvina Rivero y el Secretario de Ambiente Juan Carlos Scotto, que tiene por objeto establecer las pautas para la promoción de acciones de registración y control conjunto y coordinado, el intercambio de información obrante en los registros de generadores de residuos peligrosos, con la finalidad de facilitar la planificación y desarrollo de acciones, programas y políticas públicas que propendan el ordenamiento, control y optimización de la fiscalización de esta materia, con plataformas informáticas específicas y unificadas, garantizando así el equilibro entre el ambiente y el bienestar social, en especial respecto a la gestión integral de los residuos peligrosos.

Y CONSIDERANDO:  Que el acuerdo suscripto deja plasmado la voluntad de los organismos provincial y municipal de colaborar y coordinar tareas que propendan a mejorar los resultados en el ámbito del cuidado del medio ambiente, así como profundizar el análisis de los problemas ambientales, incrementando el intercambio de información sobre los registros de residuos peligrosos, patógenos y grandes generadores de residuos sólidos urbanos, propiciando de esta manera la optimización del control y fiscalización ambiental.

Que el Convenio cuya ratificación se pretende a través del presente, se encuentra enmarcado en lo dispuesto por la Ley Nacional N° 24.051 de Residuos Peligrosos, la Ley Nacional 27.725 de Acceso a la Información Pública y la Ley Provincial 10.208, en consonancia con los principios rectores de la Ley Nacional 25.675. 

Que como lo menciona el Art. 66 inciso 21 de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Concejo Deliberante la ratificación de convenios celebrados por el Departamento Ejecutivo con entes públicos o privados provinciales y nacionales, razón por la cual se somete a la consideración del Cuerpo Legislativo la ratificación propuesta en un todo de acuerdo con lo preceptuado por las normas en vigencia.

POR ELLO,

EL CONSEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE

      O R D E N A N Z A

“RATIFICACIÓN DEL CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN Y COLABORACIÓN MUTUA ENTRE MUNICIPIOS Y EL MINISTERIO DE COORDINACIÓN DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA”

Art. 1º) RATIFÍCASE EN TODOS SUS TÉRMINOS, el Convenio Marco de Cooperación y Colaboración mutua entre Municipios y el Ministerio de Coordinación de la Provincia de Córdoba, suscripto el día 18 de mayo de 2.023 por el Intendente Municipal, Don Gustavo Ariel Benedetti y la Ministra Cdora. Silvina Rivero y el Secretario de Ambiente, Dr. Juan Carlos Scotto, cuyo objeto es establecer las pautas para la promoción de acciones de registración y control conjunto y coordinado, el intercambio de información obrante en los registros de generadores de residuos peligrosos, cuyas copias forman parte de la presente Ordenanza.

Art. 2º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dése al registro Municipal y Protocolícese.

DADA EN SESIÓN ORDINARIA EN EL RECINTO DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES.