ORDENANZA Nº 2042/2023
“RATIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA, LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO Y ARCOR S.A.I.C. POR EL “CENTRO DE ESTUDIOS SUPERIORES ARROYITO” Y DEL CONTRATO DE COMODATO CELEBRADO ENTRE ARCOR S.A.I.C. Y LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO”
VISTO: El Convenio entre la Universidad Nacional de Córdoba, la Municipalidad de Arroyito y Arcor S.A.I.C. por el “Centro de Estudios Superiores Arroyito” y el consecuente Contrato de Comodato celebrado entre Arcor S.A.I.C. y la Municipalidad de la Ciudad de Arroyito por el establecimiento en el que funcionará el Centro.
Y CONSIDERANDO: Que con la firma del Convenio Marco Educativo entre Grupo ARCOR y la Universidad Nacional de Córdoba se crea el Centro de Estudios Superiores Arroyito (C.E.S.A.), mediante el cual se unen de fuerzas y articulan acciones, en el marco de acuerdos públicos y privados para poner a la educación de Arroyito y la región en lo más alto y responder a las necesidades económicas de la región. La formación que brindará el C.E.S.A., será de nivel superior, avalado por la Universidad Nacional de Córdoba. En este convenio se sientan las bases de este proyecto educativo a futuro, consistente en la creación de un centro donde se dictarán trayectos educativos dirigidos a personas mayores de edad que hayan concluido sus estudios de nivel secundario, con el objetivo de promover el desarrollo profesional de la comunidad de Arroyito, contribuyendo a la formación integral y empleabilidad de ciudadanos.
Que el edificio donde funcionara el C.E.S.A., es un inmueble cedido en comodato por el Grupo Arcor, siendo también necesario la ratificación de dicho documento, a fin de completar el marco legal de este nuevo centro, con reglas claras y explícitas, que efectivicen el logro de objetivos y el cumplimiento de las obligaciones de cada participante.
Que como lo menciona el Art. 66 inciso 21 de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Concejo Deliberante la ratificación de convenios celebrados por el Departamento Ejecutivo con entes públicos o privados provinciales y nacionales. Por esta razón se somete a la consideración del Cuerpo Legislativo la ratificación propuesta en un todo de acuerdo con lo preceptuado por las normas en vigencia y a los fines de otorgar la mayor institucionalidad posible a este proyecto pensado en favor de toda la comunidad. Así, otorgándole un reconocimiento por parte de todos los actores municipales, será posible impulsar la creación de este nuevo centro, sobre bases sólidas que permitan desarrollar su contribución en el aumento del nivel de competitividad de nuestra región.
Que una región es competitiva “…cuando las empresas privadas que están localizadas en la región son capaces de competir exitosamente tanto a nivel doméstico como a nivel internacional, mientras mantienen y mejoran el valor económico y, sobre todo, mejoran los estándares de vida de la ciudadanía” (Michael Porter, 2017). El gobierno local, puede fomentar dicha competitividad mejorando el ambiente de los negocios, mediante la inclusión de condiciones sociales como la educación, la salud y otros. Esto se condice con las políticas especiales de nuestra Carta Orgánica Municipal, dentro de las que sobresalen en esta oportunidad la Educación (Artículo 29) y Economía Local (Artículo 36). El Artículo 29 dice: “La educación es la herramienta fundamental para la promoción integral y la socialización de la persona. El Municipio coopera y coordina con la jurisdicción provincial y nacional en la prestación del servicio educativo en su ámbito…”. Por su parte, el Artículo 36 establece que: “El Municipio promueve, con la participación de la comunidad, las actividades industriales, comerciales, agropecuarias, turísticas, artesanales, de abastecimiento y servicios para el mercado local, nacional e internacional”. En este sentido, el desarrollo del C.E.S.A., se encuentra dentro de los paradigmas de la gestión del desarrollo local, significando una expresión del trabajo mancomunado entre empresas, instituciones educativas y organismos para mejorar la competitividad de las actividades relacionadas de un determinado territorio.
POR ELLO,
EL CONSEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
“RATIFICACIÓN DEL CONVENIO ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA, LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO Y ARCOR S.A.I.C. POR EL “CENTRO DE ESTUDIOS SUPERIORES ARROYITO (CESA)” Y DEL CONTRATO DE COMODATO CELEBRADO ENTRE ARCOR S.A.I.C. Y LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO”.
Art. 1º) RATIFÍCASE en todos sus términos el CONVENIO entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA, LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO y ARCOR S.A.I.C. por el “CENTRO DE ESTUDIOS SUPERIORES ARROYITO”, suscripto el día 28 de abril de 2.023.
Art. 2º) RATIFÍCASE en todos sus términos el CONTRATO DE COMODATO celebrado entre ARCOR S.A.I.C. y la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE ARROYITO, suscripto el día 12 de junio de 2.023.
Art. 3º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dése al registro Municipal y Protocolícese.
DADA LA SESIÓN ORDINARIA A LOS SEIS DÍAS DEL MES JULIO DE DOS MIL VEINTITRES.