Concejo Deliberante

ORDENANZA Nº 2039/2023

“RATIFICACIÓN DEL ACTA ACUERDO DONACIÓN CELEBRADO ENTRE ARCOR S.A.I.C. Y LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO Y ACEPTACIÓN DE DONACIÓN CON CARGO DE LOTE DE TERRENO N° 2 DE LA MANZANA 195 DEL CATASTRO PROVINCIAL”.

VISTO: El Acta acuerdo de Donación celebrado entre la firma ARCOR S.A.I.C., representada por el señor Edgardo Andrés VILOSIO, en su carácter de apoderado, y la Municipalidad de la Ciudad de Arroyito, representada en este acto por el señor Intendente Municipal Don Gustavo Ariel BENEDETTI, referido al compromiso de donación de la empresa a la Municipalidad, de un lote de terreno ubicado sobre Ruta Provincial E-52 de la Ciudad de Arroyito, pedanía Arroyito, Dpto. San Justo, Provincia de Córdoba designado como Lote 2 de la Manzana 195 según plano de Mensura y Subdivisión aprobado por la Dirección de Catastro en el Expediente 0033-119004/2020, con una superficie de 1.977 m2, y cuyas medidas y linderos constan en el respectivo título inscripto en el Registro de la Propiedad, en la Matrícula 1.748.890. El lote mencionado será cedido en donación a los efectos de ser destinado a la instalación y funcionamiento de una Planta de Pretratamiento de Efluentes Cloacales.

Y CONSIDERANDO: Que la instalación de la planta de pretratamiento, es parte de la obra de cloacas del sector sur, la cual beneficiaría de manera directa a más de 15.000 habitantes de nuestra ciudad. La obra de Cloaca Máxima e Instalaciones Complementarias – Zona Sur de Arroyito se realizó en un plazo de 17 meses y comprende 5.100 m. de cañería de 355 mm de diámetro, 48 bocas de registro, una estación de bombeo y una planta de pretratamiento.

Que a los fines de la instalación de la planta de pretratamiento, era necesario conseguir un terreno, preferentemente en las inmediaciones de la planta de tratamiento de efluentes cloacales de la firma Arcor S.A.I.C.

Que para habilitar el servicio de recolección de efluentes cloacales, es necesario complementarla con la planta de pretratamiento, construida al final de la red troncal, la que además debe pasar a formar parte del dominio público municipal, por ser parte de una obra pública, realizada por el gobierno provincial en favor de toda la comunidad. 

Que como lo menciona el Art. 66 inciso 21 de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Concejo Deliberante la ratificación de convenios celebrados por el Departamento Ejecutivo con entes públicos o privados provinciales y nacionales. Por su parte el inciso 10 del mismo artículo atribuye al Concejo a autorizar al Departamento Ejecutivo a aceptar donaciones con cargo, como es el caso del presente acuerdo. Por esta razón se somete a la consideración del Cuerpo Legislativo la ratificación propuesta en un todo de acuerdo con lo preceptuado por las normas en vigencia.

POR ELLO,

EL CONSEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A

 “RATIFICACIÓN DEL ACTA ACUERDO DONACIÓN CELEBRADO ENTRE ARCOR S.A.I.C. Y LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO Y ACEPTACIÓN DE DONACIÓN CON CARGO DE LOTE DE TERRENO N°2 DE LA MANZANA 195 DEL CATASTRO PROVINCIAL”.

Art. 1°) RATIFÍCASE en todos sus términos el Acta Acuerdo Donación, suscripta con fecha 15 de junio del año 2023, celebrada entre la Municipalidad de Arroyito y el apoderado de la firma ARCOR S.A.I.C., señor Edgardo Andrés VILOSIO, referido al compromiso de donación de ARCOR S.A.I.C. a la Municipalidad, de un lote de terreno ubicado sobre Ruta Provincial E-52 de la Ciudad de Arroyito, pedanía Arroyito, Dpto. San Justo, Provincia de Córdoba designado como Lote 2 de la Manzana 195, según plano de Mensura y Subdivisión aprobado por la Dirección de Catastro en el Expediente 0033-119004/2020, con una superficie de 1.977 m2, y cuyas medidas y linderos constan en el respectivo título inscripto en el Registro de la Propiedad, en la Matrícula 1.748.890; Nomenclatura 3005040202195002, Número de Cuenta 300542649538. 

Art. 2º) AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a aceptar la donación con cargo ofrecida en Acta Acuerdo Donación, suscripta con fecha 15 de junio del año 2023, de un predio que se identifica como Lote 2 de la Manzana 195, según plano de Mensura y Subdivisión aprobado por la Dirección de Catastro en el Expediente 0033-119004/2020, con una superficie de 1.977 m2, y cuyas medidas y linderos constan en el respectivo título inscripto en el Registro de la Propiedad, en la Matrícula 1.748.890; Nomenclatura 3005040202195002, Número de Cuenta 300542649538, cuya propiedad corresponde a ARCOR S.A.I.C..

Art. 3º) CÚMPLASE con el cargo dispuesto en el Acta Acuerdo Donación referido, a cuyo fin utilícese el terreno, que se recibe en donación, para la instalación y funcionamiento de una Planta de Pretratamiento de Efluentes Cloacales.

Art. 4º) AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a realizar la escritura traslativa de dominio de la parcela descripta en el Art. 2º) afrontando los costos tal como queda estipulado en el Acta Acuerdo.

 Art. 5º) IMPÚTESE la superficie donada a cuenta de espacios verdes por futuros loteos que ARCOR S.A.I.C realice en el radio urbano de la ciudad de Arroyito, en la zona circundante a la descripta en el Punto 1) del Acta Acuerdo mencionada.

Art. 6º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dése al registro Municipal y Protocolícese.

DADA LA SESIÓN ORDINARIA A LOS SEIS DÍAS DEL MES JULIO DE DOS MIL VEINTITRES.