Concejo Deliberante

ORDENANZA Nº 2010/2022

“AUTORIZACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DIRECTA PARA LA PROVISIÓN DE MANO DE OBRA Y MATERIALES PARA LA OBRA PARQUE INSTITUCIONAL DEPORTIVO ARROYITO”.

VISTO: La necesidad de comenzar con la obra PARQUE INSTITUCIONAL DEPORTIVO ARROYITO gestionada por el Departamento Ejecutivo Municipal y asignada a la Municipalidad de Arroyito por la Secretaría de Obras Públicas, dependiente del MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DE LA NACION, a través DEL CONVENIO DE ADHESION AL “PROGRAMA DE APOYO AL DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL Y COMUNAL” cuyas autoridades de aplicación serán la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS NACIONAL y la SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y POLITICA HIDRICA.

Y CONSIDERANDO: Que todo el sector sur de nuestra ciudad se verá beneficiado con la instalación de un parque deportivo, recreativo, institucional y cultural, resolviéndose así el déficit en cuanto a esas áreas que existe en el sector. Este espacio deportivo y recreativo, contará con la construcción de piletas de natación y un salón multiuso, que fomentará la actividad deportiva de todas las personas del sector y en particular los niños, contribuyendo a la salud general de la población.

Que la construcción de oficinas administrativas contribuirá a la descentralización de las dependencias municipales mejorando el acceso de la población a servicios de atención. Por su parte, la construcción de aulas para talleres fomentará la actividad cultural en el sector contribuyendo a la formación y recreación de la población, y permitirá articular su utilización con los Centros Vecinales del sector sur. 

Que, en consecuencia, mediante Ordenanza N° 1.978/2.022, promulgada por Decreto N° 098-E/22 se realizó el llamado a LICITACIÓN PÚBLICA Nro. 01/2022 para CONTRATAR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: PARQUE INSTITUCIONAL DEPORTIVO ARROYITO para su ejecución de acuerdo a planos y pliegos aprobados por el PROGRAMA DE APOYO AL DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL Y COMUNAL dependiente de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS NACIONAL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DE LA NACIÓN.

Que mediante Decreto Nº 129-E/22 se procedió al llamado a Licitación, fijándose día y hora de apertura de sobres para el día 29 de abril del corriente año. A la apertura no se presentó ningún oferente, razón por la cual mediante Decreto N° 174-E/22 se declaró desierta la Licitación y se procedió a realizar un segundo llamado. 

Que al segundo llamado se presentó un único oferente, cuya propuesta excedió en más del 100% el presupuesto oficial. Ante tal situación, se hizo uso de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del Artículo 20 del Pliego General de Condiciones de la Licitación referida, que establece: El Departamento Ejecutivo de la Municipalidad podrá también, si así lo estima conveniente, rechazar de manera fundada todas las propuestas, sin que esto dé derecho a reclamo de ninguna naturaleza a los interesados en la misma. En consecuencia, mediante Decreto N° 213-E/22 se declaró desierto el segundo llamado de la Licitación antedicha, correspondiendo proceder conforme el Artículo 56° de la ORDENANZA N° 1973/2021 “PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y CÁLCULO DE RECURSOS AÑO 2.022”, el cual dispone: “El Departamento Ejecutivo podrá contratar en forma directa y con Ordenanza particular en los siguientes casos: a) Cuando hubiera sido declarada desierta 2 veces la misma Licitación por falta de proponentes o por haber sido declaradas inadmisibles las propuestas (…)”.

Que consecuentemente con lo antedicho, resulta necesario proceder a la contratación directa, para lo cual se solicitaron cotizaciones de precios, a los fines de poder determinar el costo real y actual de la obra, resultando la más conveniente la del Sr. Víctor Ángel Brito, quien cotizó el trabajo por la suma de Pesos Ciento cinco millones doscientos mil ($105.200.000).

Que la variación del costo ha sido aprobada por parte de las autoridades nacionales encargadas de otorgar los fondos necesarios para su concreción.  

Que habiendo efectuado la Nación el primer desembolso destinado a la construcción del natatorio, y evaluando que la obra no presenta avances, se recibe nota del Poder Ejecutivo Nacional, N° NO-2022-80727678-APN-DNGO#MOP, donde se notifica al municipio la necesidad imperiosa de acelerar los tiempos en la ejecución de la obra, caso contrario se procederá al retiro de los fondos transferidos, motivo por el cual resulta urgente la pronta aprobación del proyecto.

Que, a raíz de dudas planteadas en las comisiones sobre la legalidad del procedimiento llevado a cabo para el llamado a licitación pública, en la cual sólo se contempló el costo de mano obra y no incluyó materiales, se decidió solicitar dictamen al respecto. El estudio jurídico Capdevilla, sugiere aprobar el presente proyecto, siempre y cuando se establezca como condición previa que el DEM acompañe un informe circunstanciado de lo sucedido, las constancias formales del requerimiento de la Nación, el cálculo y cómputos de materiales necesarios y tres presupuestos como mínimo de los materiales que demuestren el mejor precio.

Que es atribución del Concejo Deliberante resolver sobre el particular, conforme el Art. 66 inc. 21 de la C.O.M. y el Art. 56 de la Ord. 1.973/2.021.

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO

SANCIONA CON FUERZA DE

O    R    D    E    N    A    N    Z    A

“AUTORIZACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DIRECTA PARA LA PROVISIÓN DE MANO DE OBRA Y MATERIALES PARA LA OBRA PARQUE INSTITUCIONAL DEPORTIVO ARROYITO”.

Art. 1°) AUTORÍZASE al DEPARTAMENTO EJECUTIVO a suscribir contrato para la EJECUCIÓN de la OBRA: PARQUE INSTITUCIONAL DEPORTIVO ARROYITO, bajo la condición de que previamente el DEM acompañe un informe circunstanciado de la razón de la demora en la ejecución de la obra, las constancias formales del requerimiento de la Nación, el cálculo y cómputos de materiales necesarios y tres presupuestos como mínimo de los materiales que demuestren el mejor precio. La suscripción se hará en los términos que se enuncian en documental adjunta, formando parte de la presente Ordenanza.

Art. 2°) IMPÚTESE la erogación que signifique la presente Licitación Pública a la Partida de Egreso 1210101020107 – Obra: Parque Sur y Pileta Natación Municipal del Presupuesto de Gastos Vigente.

Art. 3°) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese al Registro Municipal y Protocolícese. 

DADA EN SESIÓN ORDINARIA A LOS TRES DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS.