ORDENANZA N°1977/2022
“AMPLIACIÓN PLAN DE PAVIMENTACIÓN SEGUNDO FONDO COMÚN – PLAN 85/89, PREVISTO EN ORDENANZAS Nº 42/70 Y 340/85”
VISTO: VISTO: La obra “Pavimentación de las calles del Radio Urbano – Segundo Fondo Común – Plan 1985/1989” dispuesto por Ordenanzas Nº 42/70 y 340/85.-
Y CONSIDERANDO: Que es necesario y conveniente completar la pavimentación en algunos sectores a los fines de completar el circuito vial de la ciudad, la Municipalidad dispone la ejecución de las siguientes cuadras, que además cuentan con la aceptación de la mayoría de los vecinos frentistas:
- Calle Ignacio Ripoll entre Falucho y Peñaloza.
- Calle Ignacio Ripoll entre Peñaloza y Píndaro Ludueña.
- Calle Ignacio Ripoll entre Píndaro Ludueña y José Giménez Lagos.
- Av. Dalle Mura entre Pacífico Giusti y José Monte.
- Av. Dalle Mura entre José Monte y Ricardo Rojas.
- Av. Dalle Mura entre Ricardo Rojas y Ángel Pérez Porto.
- Av. Dalle Mura entre Ángel Pérez Porto y José Hernández.
- Calle Domingo Ciancia entre Mario Seveso y Av. Marcelino Bernardi.
- Calle Modesto Maranzana entre Roque Sáenz Peña y Rafael Núñez.
Que ha sido, es y será intención de este Departamento Ejecutivo propiciar las obras de Pavimentación de las calles del Radio Urbano.
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
“AMPLIACIÓN PLAN DE PAVIMENTACIÓN SEGUNDO FONDO COMUN – PLAN 85/89, PREVISTO EN ORDENANZAS Nº 42/70 Y 340/85”.
Art. 1º) DISPONESE la ampliación de la Obra de Pavimentación de las Calles del Radio Urbano dispuesto por Ordenanza Nº 340/85, incorporando en el Art. 2º de la misma las cuadras que se detallan a continuación:
- Calle Ignacio Ripoll entre Falucho y Peñaloza.
- Calle Ignacio Ripoll entre Peñaloza y Píndaro Ludueña.
- Calle Ignacio Ripoll entre Píndaro Ludueña y José Giménez Lagos.
- Av. Dalle Mura entre Pacífico Giusti y José Monte.
- Av. Dalle Mura entre José Monte y Ricardo Rojas.
- Av. Dalle Mura entre Ricardo Rojas y Ángel Pérez Porto.
- Av. Dalle Mura entre Ángel Pérez Porto y José Hernández.
- Calle Domingo Ciancia entre Mario Seveso y Av. Marcelino Bernardi.
- Calle Modesto Maranzana entre Roque Sáenz Peña y Rafael Núñez.
Art. 2º) LOS PROPIETARIOS frentistas de las Obras que se ordena ejecutar en el Art. Precedente deberán cumplimentar con las disposiciones establecidas en la Ordenanza Nº 42/70 y su modificatoria Ordenanza Nº 340/85 y demás disposiciones dictadas concordantes con los mencionados instrumentos, más aquellos que se dicten en el futuro.
Art. 3º) EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL dispondrá del mayor plazo a conceder a la contratista en función del nuevo volumen de la Obra incorporada al Programa inicial.
Art. 4º) NOTIFÍQUESE a la COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS PÚBLICOS DE ARROYITO LIMITADA a los efectos establecidos en la Ordenanza Nº 42/70.
Art. 5º) COMUNÍQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal, Protocolícese y Archívese.
DADA EN SESIÓN ORDINARIA A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL VEINTIDOS.