ORDENANZA N° 1966/2021
“APROBACIÓN DEL PLANO DE MENSURA, UNIÓN Y SUBDIVISIÓN DE LOS LOTES UBICADOS EN LAS MANZANAS 218 Y 459, SEGÚN PLANO DE CATASTRO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ARROYITO, DE PROPIEDAD DE MUNICIPALIDAD DE ARROYITO O MUNICIPALIDAD CIUDAD DE ARROYITO.”
VISTO: La nota presentada por el Ingeniero Facundo Betbeder, Consultor Ambiental RETEP Nro. 1114, y el plano de Mensura, Unión y Subdivisión, confeccionado por el Ingeniero Civil Carlos Alberto Pucheta.
Y CONSIDERANDO: Que lo solicitado se ajusta a lo dispuesto en materia de Mensuras y Subdivisiones a las reglamentaciones vigentes.
Que si bien el plano corresponde a una Mensura, Unión y Subdivisión, las cuales son aprobadas directamente por la autoridad de aplicación (Secretaría de Desarrollo Urbano y Hábitat, Sector Obras Privadas), en este caso se procede a solicitar la aprobación mediante Ordenanza Municipal, debido al requerimiento efectuado por la Secretaría de Ambiente, del Ministerio de Coordinación del Gobierno de la Provincia de Córdoba.
Que el Ingeniero Facundo Betbeder fue designado por parte del Ejecutivo Municipal para efectuar la auditoría ambiental de los lotes que forman parte de la presente Mensura, Unión y Subdivisión, los que fueron designados a microemprendiemientos productivos, y que se corresponde efectuar como parte de la documentación exigida por la Dirección General de Catastro.
Que es atribución del Concejo Deliberante resolver sobre el particular.
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
“APROBACIÓN DEL PLANO DE MENSURA, UNIÓN Y SUBDIVISIÓN DE LOS LOTES UBICADOS EN LAS MANZANAS 218 Y 459, SEGÚN PLANO DE CATASTRO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ARROYITO, DE PROPIEDAD DE MUNICIPALIDAD DE ARROYITO O MUNICIPALIDAD CIUDAD DE ARROYITO.”
Art. 1º) APRUÉBESE el Plano de Mensura, Unión y Subdivisión de los terrenos de propiedad de Municipalidad de Arroyito o Municipalidad Ciudad de Arroyito, correspondiente a los lotes de las Manzanas 218 y 459 del Catastro Parcelario Municipal, confeccionado por el Ingeniero Civil Carlos Alberto Pucheta, M. P. 3368, que se adjunta a la presente Ordenanza, inscriptos en el Registro General de la Provincia bajo las Matrículas N° 500.662 y 1.254.464.
Art. 2º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dése al registro Municipal y Protocolícese y Archívese.
DADA EN SESIÓN ORDINARIA A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.