ORDENANZA N° 1962/2021
“APROBACIÓN DEL PLANO DE MENSURA Y LOTEO, DE PROPIEDAD DE LA SRA. ADRIANA ADELINA VIDAL Y AUTORIZACIÓN A SUSCRIBIR CONVENIO ENTRE EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL Y LA SRA. ADRIANA VIDAL”
VISTO: La Ordenanza N.°1.937/2.021 de fecha 08 de abril del año 2.021 “Aprobación del Anteproyecto de mensura y Loteo de propiedad de la Sra. Adriana Adelina Vidal”, por la cual se aprueba el anteproyecto respecto de un nuevo loteo dentro de la Ciudad de Arroyito.
Y CONSIDERANDO: Que atento a encontrarse aprobado el anteproyecto mencionado, corresponde presentar la documentación necesaria a los fines de la aprobación del loteo en cuestión.
Que lo solicitado se ajusta a lo dispuesto en materia de loteo a las reglamentaciones vigentes.
Que del informe acompañado por el Área de Ambiente y Energía se desprende la conveniencia y viabilidad de la propuesta de loteo urbano referenciada.
Que el loteo proyectado cuenta con la debida factibilidad del servicio de gas natural, cloacas, redes eléctricas y agua.
Que así mismo la propietaria del loteo se compromete a abonar el Derecho de Participación Municipal en las Valorizaciones Inmobiliarias, conforme convenio cuya autorización se solicita a este Cuerpo.
Que es atribución del Concejo Deliberante resolver sobre el particular.
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
“APROBACIÓN DEL PLANO DE MENSURA Y LOTEO, DE PROPIEDAD DE LA SRA. ADRIANA ADELINA VIDAL Y AUTORIZACIÓN A SUSCRIBIR CONVENIO ENTRE EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL Y LA SRA. ADRIANA VIDAL”.
Art. 1°) APRUÉBESE el PLANO de loteo del Dominio Mat. 308.366 Según plano Catastral de Propiedad de la Sra. Adriana Adelina Vidal, que fuere confeccionado por el Ing. Martin Alejandro Juárez Beltrán, y como régimen de excepción a los lineamientos establecidos en el Código Urbanístico Municipal vigente para la zona mencionada, conforme lo autorizado mediante Ordenanza N° 1.937/2.021.
Art. 2°) ESTABLÉCESE que el Plano de Mensura y Loteo contempla una donación a favor del Dominio Público de la Municipalidad de Arroyito, de una superficie de terreno de 8.931,76 metros cuadrados con destino a calles públicas y de una superficie de 5.673,85 metros cuadrados con destino a Espacios Verdes y Comunitarios, el cual deberá situarse conforme plano de proyecto que se adjunta.
En el mismo, la superficie de espacio verde y equipamiento se encuentra ubicada en una parcela con frente a calle Cristóbal Colón y fondo sobre nueva calle Pública (sin continuidad vial hacia el norte). Es de forma rectangular y ocupa el 63% de la manzana donde se localiza, con un total de 2.805,37 metros cuadrados, equivalente al 10% de la superficie de los lotes. A los fines de arribar al 15% establecido por la norma, a dicha superficie se le suma el espacio entre calle pública y Av. Mariano Moreno con un total de 2.113,65 metros cuadrados y el espacio entre calles públicas con un total de 754,83 m2. Este espacio verde cuenta con una superficie de 2.868,48 metros cuadrados que, sumado al espacio verde detallado en el párrafo anterior, suman un total de 5.673,85 metros cuadrados (15,00%) cumpliendo de esa manera con el requerimiento normativo.
Art. 3°) ACÉPTASE la donación a favor del Dominio Público de la Municipalidad de la Ciudad de Arroyito, por parte de la Sra. Adriana Adelina Vidal, de una superficie de terreno de 8.932,91 metros cuadrados con destino a calles públicas.
Art. 4°) ACÉPTASE la donación efectuada por la Sra. Adriana Adelina Vidal de una fracción de terreno de 5.673,85 metros cuadrados con destino a Espacios Verdes y Comunitarios.
Art. 5°) AUTORÍZASE al DEPARTAMENTO EJECUTIVO a suscribir convenio con la firma CREIXA y la Sra. Adriana Adelina Vidal, en los términos que se enuncian en documental adjunta, formando parte de la presente Ordenanza, en aplicación del derecho de Participación Municipal en la Valorización Inmobiliaria correspondiente, establecido por ORDENANZA N° 1931/2020 “DERECHO DE PARTICIPACIÓN MUNICIPAL EN LAS VALORIZACIONES INMOBILIARIAS”.
Art. 6°) COMUNÍQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal, Protocolícese y archívese.
DADA EN SESIÓN ORDINARIA A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.