ORDENANZA N° 1947/2021
“MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 1° DE LA ORDENANZA N° 1.848/2.018 ‘APROBACIÓN DEL PLANO DE MENSURA, UNIÓN Y LOTEO, DE PROPIEDAD DE LA ASOCIACIÓN MUTUAL ARROYITO’”.
VISTO: La nota presentada por el Ing. Guillermo E. Velázquez solicitando la modificación de la Ordenanza 1.848/2.018 debido a la necesidad de cambiar la denominación del trabajo realizado para poder cumplimentar lo solicitado por la Dirección General de Catastro Provincial.
Y CONSIDERANDO: Que el requerimiento se realiza conforme la observación planteada por el Registro General de la Provincia respecto de la imposibilidad de realizar el trabajo de agrimensura designado como Loteo donde haya más de una propiedad registral, ya que esto genera confusión para las futuras descripciones de los lotes resultantes, en cuanto a las calles definidas en el proyecto de loteo.
Que sobre la base de lo observado, se procedió a hacer la unión previa de las parcelas inscriptas en el Registro General de la Provincia bajo las Matrículas Folio Real N° 868.276, 1.587.954 y 1.587.955, derivando en una única propiedad cuya matrícula es 1.728.522 con la siguiente designación catastral: 30-05-4254664/0.
Que esta situación lleva a la necesidad de modificar el Artículo 1° de la Ordenanza N° 1.848/2.018 en la cual se consignaban las matrículas anteriores. A su vez resulta necesario modificar el título de la Ordenanza, ya que el plano ya no es de Mensura, Unión y Loteo, sino de Mensura y Loteo.
Que las modificaciones solicitadas son las únicas que difieren del proyecto y plano original, es decir que el nuevo Plano de Mensura y Loteo mantiene la misma cantidad de lotes e implica la misma cantidad de superficie donada a favor del Dominio Público de la Municipalidad de Arroyito con destino a calles públicas, a Espacio Verde y a Equipamiento Socio Comunitario; así como el compromiso asumido por la “ASOCIACIÓN MUTUAL ARROYITO” de aportar el 50% del valor del pozo de agua en el momento que corresponda.
Que es atribución del Concejo Deliberante resolver sobre el particular.
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
“MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 1° DE LA ORDENANZA N° 1.848/2.018 ‘APROBACIÓN DEL PLANO DE MENSURA, UNIÓN Y LOTEO, DE PROPIEDAD DE LA ASOCIACIÓN MUTUAL ARROYITO’”.
Art. 1º) MODIFÍCASE el Artículo 1° de la Ordenanza N° 1.848/2.018 ‘APROBACIÓN DEL PLANO DE MENSURA, UNIÓN Y LOTEO, DE PROPIEDAD DE LA ASOCIACIÓN MUTUAL ARROYITO’, quedando redactada de la siguiente forma:
Art. 1°) APRUÉBASE el Plano de Mensura y Loteo del terreno de propiedad de “ASOCIACIÓN MUTUAL ARROYITO”, confeccionado por el Ingeniero Civil Guillermo E. Velázquez, M.P. N° 4634/X, que se adjunta a la presente Ordenanza, cuya designación catastral es la siguiente: 30-05-4254664/0, inscripta en el Registro General de la Provincia bajo la Matrícula Folio Real N° 1.728.522.
Art. 2°) COMUNÍQUESE, Publíquese, dése al registro Municipal y Protocolícese.-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTIUNO.