Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1939/2021

“RATIFICACIÓN DEL DECRETO Nº 172-D/21 DE FECHA 6/04/2021 – PRÓRROGA DE DEUDAS INCLUIDAS EN PLAN DE PAGO – ORDENANZA Nº 1.881/2.019 E INCORPORACIÓN DEL ART. 9 BIS A LA ORDENANZA N° 1.881/2.019”.

VISTO: La Ordenanza Nº 1.881/2.019 “AUTORIZACIÓN AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL PARA PROCEDER A LA REDUCCIÓN DE INTERESES DEVENGADOS Y REALIZAR PLANES DE PAGO POR DEUDAS MUNICIPALES GENERADAS HASTA EL 31/12/2019” que implementa un Plan Municipal de Regularización de Deudas de Tasas Municipales.

Y CONSIDERANDO: Que el Artículo 6º de la Ordenanza Nº 1.881/2.019 faculta al Departamento Ejecutivo a otorgar prórrogas para los años sucesivos, a fin de poder incluir en los planes de pagos montos que se adeudan al 31 de diciembre de cada año que se prorroga.

Que el mismo artículo dispone también que la prórroga y modificaciones referidas se dispongan por decreto Ad Referéndum del Concejo Deliberante.

Que de esta manera se podrán incluir más períodos dentro de los planes de pagos, a los fines de poder brindar más facilidades a los contribuyentes de este Municipio.

Que la Ordenanza referida, a diferencia de la Ordenanza N° 1.552/2.011, incluye importantes descuentos de intereses por pagos de contado, lo que implica una medida de excepción que como tal debe darse en términos acotados en el tiempo, para cubrir las necesidades de la Administración y de los administrados en torno a principios de justicia contributiva. Por lo que resulta conveniente evitar especulaciones de grandes deudores, limitando en el tiempo la posibilidad de acogerse al beneficio mencionado.

Que el Decreto 172 – D/21 deja sin efecto el Decreto 570 – C/20 de fecha 30 de diciembre de 2.020 el que establecía un plazo distinto al determinado en la ordenanza N°1.881/2.019. 

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE

O    R    D    E    N    A    N    Z    A 

“RATIFICACIÓN DEL DECRETO Nº 172-D/21 DE FECHA 6/04/2021 – PRÓRROGA DE DEUDAS INCLUIDAS EN PLAN DE PAGO – ORDENANZA Nº 1.881/2.019 E INCORPORACIÓN DEL ART. 9 BIS A LA ORDENANZA N° 1.881/2.019”.

Art. 1°) RATIFÍCASE EN TODOS SUS TÉRMINOS el Decreto Nº 172 – D/21de fecha 06 de abril del año 2.021, que dispone la prórroga del plazo dispuesto en el Art. 1º de la Ordenanza Nº 1.881/2.019, el que se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2.020, a fin de poder incluir en los planes de pagos, permitidos en la Ordenanza N° 1.881/2.019, las deudas de tasas e impuestos mencionados en dicho artículo. 

Art. 2º) INCORPÓRASE el Art. 9° bis a la Ordenanza Nº 1.881/2.019 “AUTORIZACIÓN AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL PARA PROCEDER A LA REDUCCIÓN DE INTERESES DEVENGADOS Y REALIZAR PLANES DE PAGO POR DEUDAS MUNICIPALES GENERADAS HASTA EL 31/12/2019”, quedando redactado de la siguiente forma:

Art. 9° bis) SUSPÉNDANSE las reducciones de intereses dispuestas en los Artículos 7°, 8° y 9° desde el día 1° de julio de 2.021 y hasta el 31 de diciembre de 2.021.

Art. 3°) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese al registro Municipal y Protocolícese