RESOLUCIÓN Nº 08/2020
VISTO: El Proyecto de Ordenanza: “AUTORIZACIÓN AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL PARA SUSCRIBIR CONTRATOS DE CONCESIÓN E INVERSIÓN PRIVADA EN LAS INSTALACIONES DEL BALNEARIO MUNICIPAL”, presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal y las previsiones del Artículo 80 de la Carta Orgánica Municipal (Audiencia Pública) y el Título II (Sesiones en General) del Reglamento Interno del Concejo Deliberante.
Y CONSIDERANDO: Que el mismo Artículo 80, párrafo final de la Carta Orgánica Municipal exige “al menos una Audiencia Pública” teniendo especial cuidado de invitar a las personas y entidades interesadas directamente en su discusión.
Que el Reglamento Interno del Concejo Deliberante en su Título II, “De las Sesiones en General” impone la presencia de los Concejales en el Recinto, normativa que resulta de imposible cumplimiento en virtud del distanciamiento social preventivo por efecto del Covid-19.
Que por Resolución N° 03/2020 de fecha 29 de Abril de 2020 en su Artículo 1° se dispuso que en forma excepcional, las Sesiones del Concejo Deliberante lo serán en forma remota hasta que cese la amenaza por contagios de Covid-19.
Que actualmente las Sesiones Ordinarias y de Comisión y por imposibilidad de llevarlas a cabo de manera presencial debido a los efectos de la Pandemia se están realizando en forma virtual, por lo que y siguiendo el mismo razonamiento, la Audiencia Pública a tal efecto también debe realizarse en forma virtual, para lo cual deberán implementarse los medios y modos virtuales para asegurar la más amplia participación de los vecinos y vecinas de esta Ciudad y en estas Audiencias Públicas.
Que es voluntad y acuerdo de la totalidad de los Bloques de este Concejo Deliberante que todas las Audiencia Públicas que deban celebrarse en el Presente Periodo Legislativo, y mientras duren los efectos de la Pandemia, se instrumenten por la modalidad virtual o remota y arbitrar los medios necesarios para asegurar la mayor participación de todos los vecinos.
Que en la Sesión de Comisión efectuada el pasado miércoles 13 de octubre del corriente, los presidentes de Bloque acordaron instrumentar la modalidad virtual o remota para la realización de la Audiencia de referencia.
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO, EN USO DE SUS FACULTADES
R E S U E L V E
Art. 1°) DISPÓNESE la Audiencia Púbica fijada para el lunes 19 de octubre de 2020, a las 20:15 hs con tolerancia de quince (15) minutos, para Tratar en el Orden del Día el Proyecto de Ordenanza: “AUTORIZACIÓN AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL PARA SUSCRIBIR CONTRATOS DE CONCESIÓN E INVERSIÓN PRIVADA EN LAS INSTALACIONES DEL BALNEARIO MUNICIPAL”, se hará en forma remota.
Art. 2°) INSTRUMÉNTASE para la participación de los vecinos y vecinas de nuestra Ciudad en la Audiencia Pública la modalidad virtual a través de la aplicación Zoom. Para la participación por esta vía, se necesitará de una autorización al respecto. Por ello los interesados tendrán que enviar un mail a la casilla de correo electrónico concejoarroyito@gmail.com, hasta el día lunes 19 de octubre a las 12.00 hs. A tal efecto se le enviará la autorización (ID) para poder participar de la misma.
Art. 3°) DISPÓNESE también otra forma de participación, el envío de sugerencias u opiniones mediante formato papel, los que deberán ser presentados por mesa de entrada en la Municipalidad de la Ciudad de Arroyito, hasta las 12.00 hs del día lunes 19 de octubre. Todas las intervenciones que realicen los vecinos y vecinas, deberán estar acompañadas de los datos personales: nombre y apellido completos, DNI.
ART. 4°) DISPÓNGASE copias del Proyecto de Ordenanza “AUTORIZACIÓN AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL PARA SUSCRIBIR CONTRATOS DE CONCESIÓN E INVERSIÓN PRIVADA EN LAS INSTALACIONES DEL BALNEARIO MUNICIPAL” en mesa de entrada del edificio Municipal.
ART. 5°) DISPÓNGASE que todas las Audiencia Públicas que deban celebrarse en el Presente Periodo Legislativo, y mientras duren los efectos de la Pandemia, se instrumenten por la modalidad virtual o remota y arbitrar los medios necesarios para asegurar la mayor participación de todos los vecinos.
Art. 6°) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese al Registro Municipal, Protocolícese y archívese.