ORDENANZA N° 1908/2020
“AMPLIACIÓN PLAN DE PAVIMENTACIÓN SEGUNDO FONDO COMUN – PLAN 85/89, PREVISTO EN ORDENANZAS Nº 42/70 Y 340/85”.
VISTO: La obra “Pavimentación de las calles del Radio Urbano – Segundo Fondo Común – Plan 1985/1989” dispuesto por Ordenanzas Nº 42/70 y 340/85.-
Y CONSIDERANDO: Que es necesario y conveniente acabar con la pavimentación en algunos sectores a los fines de completar el circuito vial de la ciudad, la Municipalidad dispone la ejecución de las siguientes cuadras:
- Av. Gregorio Careto entre Urquiza y Falucho.
- Av. Gregorio Careto entre Falucho y Peñaloza.
- Av. Gregorio Careto entre Peñaloza y Píndaro Ludueña.
- Calle Urquiza entre Elmo Piatti y Av. Gregorio Careto.
- Calle Urquiza entre Av. Gregorio Careto y Tomás Anderson.
- Calle Falucho entre Av. Gregorio Careto y Tomás Anderson.
- Calle Peñaloza entre José Ciriaco Juárez e Ignacio Ripoll.
- Calle Peñaloza entre Ignacio Ripoll y Av. Gregorio Careto.
- Calle Peñaloza entre Av. Gregorio Careto y Tomás Anderson.
- Calle Tomás Anderson entre Urquiza y Falucho.
Que el Art. 18º) de la Ordenanza Nº 42/70 prevé esta situación, señalando los extremos que los beneficiarios de las Obras deben cumplimentar para solicitar la ejecución de los trabajos, y para que estos queden debidamente cumplimentados.-
Que ha sido, es y será intención de este Departamento Ejecutivo propiciar las obras de Pavimentación de las calles del Radio Urbano.
Que el presente Proyecto ha sido desarrollado desde el Área de Desarrollo Urbano y Hábitat, desde el cual se recomienda elevar el presente proyecto para ampliar la obra dispuesta por el Plan antedicho.
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
“AMPLIACIÓN PLAN DE PAVIMENTACIÓN SEGUNDO FONDO COMUN – PLAN 85/89, PREVISTO EN ORDENANZAS Nº 42/70 Y 340/85”.
Art. 1°) DISPÓNESE la ampliación de la Obra de Pavimentación de las Calles del Radio Urbano dispuesto por Ordenanza Nº 340/85, incorporando en el Art. 2º de la misma las cuadras que se detallan a continuación:
- Avenida Gregorio Careto entre Urquiza y Falucho.-
- Avenida Gregorio Careto entre Falucho y Peñaloza.-
- Avenida Gregorio Careto entre Peñaloza y Píndaro Ludueña.-
- Calle Urquiza entre Elmo Piatti y Av. Gregorio Careto.-
- Calle Urquiza entre Av. Gregorio Careto y Tomás Anderson.-
- Calle Falucho entre Av. Gregorio Careto y Tomás Anderson.-
- Calle Peñaloza entre José Ciriaco Juárez e Ignacio Ripoll.-
- Calle Peñaloza entre Ignacio Ripoll y Av. Gregorio Careto.-
- Calle Peñaloza entre Av. Gregorio Careto y Tomás Anderson.-
- Calle Tomás Anderson entre Urquiza y Falucho.-
Art. 2°) LOS PROPIETARIOS frentistas de las Obras que se ordena ejecutar en el Art. Precedente deberán cumplimentar con las disposiciones establecidas en la Ordenanza Nº 42/70 y su modificatoria Ordenanza Nº 340/85 y demás disposiciones dictadas concordantes con los mencionados instrumentos, más aquellos que se dicten en el futuro.-
Art. 3º) EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL dispondrá del mayor plazo a conceder a la contratista en función del nuevo volumen de la Obra incorporada al Programa inicial.-
Art. 4º) NOTIFÍQUESE a la COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS PÚBLICOS DE ARROYITO LIMITADA a los efectos establecidos en la Ordenanza Nº 42/70.-
Art. 5º) COMUNÍQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal, Protocolícese y Archívese.-