Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1903/2020

“AUTORIZAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL A SUSCRIBIR EL CONVENIO MARCO CON El MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA”

VISTO: La adhesión de este Municipio a la Ley N° 9164 – Productos Químicos o Biológicos de Uso Agropecuario mediante Ordenanza N° 1111/2004. 

Y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Agricultura y Ganadería de la Provincia de Córdoba es autoridad de aplicación de la Ley N° 9164 – Productos Químicos o Biológicos de Uso Agropecuario, y de la Ley N° 10.467 – Plan Provincial Agroforestal, en tal sentido, viene llevando a cabo acciones tendientes a profundizar el cumplimiento de las referidas normativas con el fin de generar conciencia en la producción agropecuaria.

Que mediante Resolución N° 199/2019, se aprobó el “Manual de Gestión Responsable de Productos Químicos o Biológicos de Uso Agropecuario y Promoción Agroforestal en Áreas Periurbanas” el que tiene como objetivos: proveer a los Municipios y Comunas de un instrumento técnico suficiente, para armonizar la interpretación de las normativas vigentes conforme a su espíritu, con el objetivo de garantizar la correcta aplicación de productos químicos o biológicos de uso agropecuario en áreas periurbanas y promover e incentivar la forestación y/o reforestación de cortinas forestales en dichas áreas; así como profundizar junto a los Municipios y Comunas de la Provincia de Córdoba en el marco de la legislación vigente, el control y fiscalización de las aplicaciones periurbanas de productos químicos o biológicos de uso agropecuario y el cumplimiento efectivo de la forestación y/o reforestación de cortinas forestales periurbanas.

Que, a fin de aunar criterios y establecer una guía específica para el cumplimiento de los objetivos descriptos precedentemente, se promueve la implementación del referido Manual, por parte de los Municipios y Comunas de la Provincia de Córdoba, con el objeto de asegurar el uso adecuado de los productos químicos o biológicos de uso agropecuario en áreas periurbanas de la Provincia de Córdoba, resguardando la calidad de vida de la población y el cuidado del medio ambiente. En este sentido, le resulta conveniente la suscripción de un convenio que tenga por objeto llevar a cabo las acciones necesarias para la implementación por parte de los Municipios y Comunas de la Provincia de Córdoba, del “Manual de Gestión Responsable de Productos Químicos o Biológicos de Uso Agropecuario y Promoción Agroforestal en Áreas Periurbanas” en el ámbito de sus respectivas competencias, a los fines de profundizar en el marco de la legislación vigente, el control y fiscalización de las aplicaciones periurbanas de productos químicos o biológicos de uso agropecuario y el cumplimiento efectivo de la forestación y/o reforestación de cortinas forestales periurbanas, el que como Anexo Único es parte integrante del presente instrumento legal.

Que este tipo de colaboración entre distintas entidades requiere de la intervención del Concejo Deliberante, mediante la sanción de una Ordenanza que autorice al Departamento Ejecutivo a suscribir el acuerdo que servirá de base para la implementación del Manual antedicho.

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE

O    R    D    E    N    A    N    Z    A 

“AUTORIZAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL A SUSCRIBIR EL CONVENIO DE COOPERACIÓN CON El MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA”

Art. 1°) AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir CONVENIO DE COOPERACIÓN CON El MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, conforme el modelo de convenio que se acompaña a la presente.

Art. 2°) AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir toda la documentación que fuere menester para dar cumplimiento a lo dispuesto en el acuerdo mencionado en el artículo anterior.

Art. 3°) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal, protolícese y archívese.

DADA EN SESIÓN ORDINARIA CON LA PRESENCIA REMOTA DE TODO EL CUERPO LEGISLATIVO, A TRAVÉS DE VIDEO CONFERENCIA, A VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTE.