Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1876/2019

“RATIFICACIÓN DE LOS CONVENIOS CELEBRADOS ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO Y LAS MUNICIPALIDADES DE EL TIO, VILLA CONCEPCIÓN DEL TIO Y LA FRANCIA”.

VISTO: Los Convenios celebrados por el Departamento Ejecutivo Municipal de nuestra ciudadcon la Municipalidad de El Tío con fecha diez de septiembre,con la Municipalidad de Villa Concepción del Tío, el día siete de octubre, y con la Municipalidad de La Francia, el día veintidós de octubre, todos del corriente año.  

Y CONSIDERANDO:   Que el motivo de los convenios suscriptos es la remisión, por parte de las Municipalidades de: El Tío, Villa Concepción del Tío y La Francia, al Juzgado Administrativo de Faltas de nuestra ciudad, de la totalidad de las infracciones constatadas en su ejido urbano, sean estas de tránsito, bromatología, espectáculos públicos y/o cualquier otra infracción a normas que rigen en esta.

Que en los convenios se acuerda que las sumas obtenidas y efectivamente cobradas, serán coparticipables en un treinta por ciento (30%) para las Municipalidades de El Tío, Villa Concepción del Tío y La Francia, y en un setenta por ciento (70%) para la Municipalidad de Arroyito.

Que el plazo de vigencia de los convenios será de dos (2) años, que comenzará a regir a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.

Que, en los convenios de referencia se establece que la entrada en vigencia delos mismos comenzará a regir a partir de la promulgación de las ordenanzas aprobadas por ambos Concejos Deliberantes.-

 Que sobre la base de lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal en su art. 66 inc. 21 y 88 inc. 8, el Departamento Ejecutivo está facultado para celebrar convenios con municipios cuyo fin refiera al desarrollo de actividades de interés para la comunidad local, debiendo éstos ser ratificados por el Concejo Deliberante.

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE 

O    R    D    E    N    A    N    Z    A

 “RATIFICACIÓN DE LOS CONVENIOS CELEBRADOS ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO Y LAS MUNICIPALIDADES DE EL TIO, VILLA CONCEPCIÓN DEL TIO Y LA FRANCIA”.

 Art. 1°) RATIFÍCASE EN TODOS SUS TÉRMINOSel Convenio celebrado con la Municipalidad de El Tío con fecha diez de septiembre de 2.019, por el cual ésta remitirá al Juzgado Administrativo de Faltas de nuestra ciudad la totalidad de las infracciones constatadas en su ejido urbano sean de tránsito, bromatología, espectáculos públicos y/o cualquier otra infracción a normas que rigen en la Municipalidad.-

Art. 2°) RATIFÍCASE EN TODOS SUS TÉRMINOSel Convenio celebrado con la Municipalidad de Villa Concepción del Tío, el día siete de octubre de 2.019, por el cual ésta remitirá al Juzgado Administrativo de Faltas de nuestra ciudad la totalidad de las infracciones constatadas en su ejido urbano sean de tránsito, bromatología, espectáculos públicos y/o cualquier otra infracción a normas que rigen en la misma.-

Art. 3°) RATIFÍCASE EN TODOS SUS TÉRMINOSel Convenio celebrado con la Municipalidad de La Francia, el día veintidós de octubre, por los cuales éstas remitirán al Juzgado Administrativo de Faltas de nuestra ciudad la totalidad de las infracciones constatadas en su ejido urbano sean de tránsito, bromatología, espectáculos públicos y/o cualquier otra infracción a normas que rigen en la misma.-

Art. 4º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese al registro Municipal y Protocolícese

DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.