Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1867/2019

“RATIFICACIÓN DEL DECRETO Nº 853 – A/18 DE FECHA 28/12/2.018 – PRÓRROGA DE DEUDAS INCLUIDAS EN PLAN DE PAGO – ORDENANZA Nº 1.552/2.011 Y SUS MODIFICATORIAS”.-

VISTO: La Ordenanza Nº 1.552/2.011 “PLANES DE PAGOS PARA DEUDAS DE CONTRIBUYENTES EN MORA AL 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2.010” que implementa un Plan Municipal de Regularización de Deudas de Tasas Municipales adeudadas al Treinta y uno de Diciembre del año 2.010, y las sucesivas prórrogas de los plazos que se han realizado.-

Y CONSIDERANDO: Que el Artículo 6º de la Ordenanza Nº 1.552/2.011 faculta al Departamento Ejecutivo a otorgar prórrogas para los años sucesivos, a fin de poder incluir en los planes de pagos montos que se adeudan al 31 de Diciembre de cada año que se prorroga, estableciendo a su vez que podrán realizarse las adecuaciones formales que fueran necesarias, respetando los criterios básicos contenidos en la presente Ordenanza.-

Que el mismo artículo dispone también que la prórroga y modificaciones referidas se dispongan por decreto Ad Referéndum del Concejo Deliberante.-

Que a los fines de poder brindar más facilidades a los contribuyentes de este Municipio, resulta necesario prorrogar el plazo dispuesto en el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 1.552/2.011 hasta el Treinta y Uno de Diciembre de Dos Mil Dieciocho (31/12/2.018), a fin de poder incluir en los planes de pagos permitidos en la Ordenanza Nº 1.552/2.011 las deudas de tasas e impuestos correspondientes al periodo mencionado.

POR ELLO

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 “RATIFICACIÓN DEL DECRETO Nº 853 – A/18 DE FECHA 28/12/2.018 – PRÓRROGA DE DEUDAS INCLUIDAS EN PLAN DE PAGO – ORDENANZA Nº 1.552/2.011 Y SUS MODIFICATORIAS”.-

Art. 1°) RATIFÍCASE EN TODOS SUS TÉRMINOSel Decreto Nº 853 – A/18 de fecha 28 de Diciembre del año 2.018, que dispone la prórroga del plazo dispuesto en el Art. 1º de la Ordenanza Nº 1.552/2.011y sus modificatorias, el que se extenderá hasta el 31 de Diciembre de 2.018, respecto de los períodos incluidos en los Planes de Pago de los tributos y otras deudas de los contribuyentes.-

Art. 2º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese al registro Municipal y Protocolícese

DADA EN SALA DE  SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A CUATRO DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DIECINUEVE.