Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1862/2019

“AUTORIZACIÓN PARA LA TOMA DE PRÉSTAMO DEL FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACION DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA – CUOTA 34, 35 y 36”.

VISTO: La necesidad de contar con los recursos necesarios para reacondicionar las calles de nuestra ciudad, en especial la calle José Quintela en el tramo comprendido entre las calles  Julio Taborda Vocos y Avellaneda.  

Y CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la Provincia de Córdoba tiene la facultad de otorgar préstamos para la financiación de obras a los Municipios a través del Fondo Permanente para la Financiación de Proyectos y Programas de los Gobiernos Locales de la Provincia de Córdoba, ya que la Municipalidad de Arroyito cumple con todos los requisitos necesarios para la adjudicación de tal préstamo. 

Que a través de la Ordenanza Nº 1.115/2.004 este Municipio adhirió a la Resolución de la Unidad de Trabajo, Provincia y Municipios, que crea el Fondo antes mencionado. El artículo 4º de la Resolución específica que el Fondo de Financiación será aplicado para financiar proyectos de obras públicas de infraestructura en la jurisdicción de cada municipio.

Que una de las necesidades actuales es el reacondicionamiento de la calle José Quintela en el tramo comprendido entre las calles  Julio Taborda Vocos y Avellaneda. 

Que la manera escogida para reacondicionar la mencionada arteria es el adoquinado y de acuerdo a los precios indagados en el mercado, el mencionado trabajo implicaría un desembolso de aproximadamente Un Millón Trescientos Ochenta Mil ($1.380.000.-), lo que hará necesario la gestión de tres cuotas de la toma del crédito del fondo permanente.-  

Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 21º sección 13, de la resolución antedicha, la autorización para la toma del crédito del fondo permanente y su restitución deberán efectuarse mediante Ordenanza de Concejo Deliberante Municipal.

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA  CON FUERZA DE

O   R   D   E   N   A   N   Z   A:

 “AUTORIZACIÓN PARA LA TOMA DE PRÉSTAMO DEL FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACION DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA – CUOTA 34, 35 y 36”.

Art. 1º) FACÚLTASE, al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione y tome del FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, un préstamo de hasta PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 1.350.000,00.-), correspondiente a las cuotas: 34, 35 y 36, de Pesos cuatrocientos cincuenta mil ($450.000) cada una, del programa mencionado (Ordenanza Nº 1.115/2.004), que se devolverá en treinta y seis (36) cuotas mensuales de PESOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($ 37.500.-) cada una, con destino a reacondicionar mediante colocación de adoquines la calle José Quintela en el tramo comprendido entre las calles  Julio Taborda Vocos y Avellaneda, cuyas características generales acompañan el presente.

Art. 2º) FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que suscriba toda la documentación requerida por la entidad prestataria siguiendo la política ya utilizada por el Gobierno de la Provincia de Córdoba en oportunidad de la obtención de otros préstamos en el marco de del programa referenciado – Ordenanza Nº 1.115/2.004.

Art. 3º) COMUNÍQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal, Protocolícese y archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A TRECE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.