Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1846/2018

“ACEPTACIÓN DE LA DONACIÓN CON CARGO OFRECIDA POR LA FIRMA ARCOR S.A.I.C., MEDIANTE RATIFICACIÓN DEL ACTA ACUERDO DONACIÓN SUSCRIPTA  POR EL INTENDENTE MUNICIPAL Y EL APODERADO DE LA FIRMA”

VISTO: El Acta Acuerdo Donación, suscripta con fecha 30 de octubre del año 2018,  celebrada entre la Municipalidad de la Ciudad de Arroyito y el apoderado de la firma ARCOR S.A.I.C., Sr. Ricardo Alfredo MARTIN. 

Y CONSIDERANDO: Que, en dicho instrumento, en su clausula Primera, la firma ARCOR S.A.I.C, se compromete a ceder en Donación a la Municipalidad de la ciudad de Arroyito un predio que se identifica como manzana Municipal Nº 422, con superficie aproximada de 7.467,28 mts. cuadrados, ubicada entre las calles López y Planes; José Quintela; Güemes y Alfonsina Storni, de la ciudad de  Arroyito, empadronado en la DGR bajo el número 3005-2238708-1, Nomenclatura Catastral 04-01-01-106-001, cuya propiedad corresponde a  ARCOR S.A.I.C, por Convenio de Permuta suscripto con la Municipalidad, con fecha 26 de mayo del 2008.

Que según lo establecido en la clausula segunda la Municipalidad recibirá este terreno en donación, obligándose a imputarlo en igual superficie a cuenta de espacios verdes por futuros loteos que ARCOR S.A.I.C realice en el radio urbano de la ciudad de Arroyito, cualquiera sea su ubicación,  entendiéndose por tal el sector sur comprendido desde la línea de ferrocarril hacia el sur del ejido municipal.

Que en la clausula tercera la Municipalidad asume a su cargo el pago a favor de la Cooperativa de Electricidad y Servicios Públicos Arroyito Lda. (C.E.S.P.A.L.) del monto a abonar por la obra de red eléctrica domiciliaria y alumbrado público ejecutada. Asimismo, la Municipalidad asume a su cargo cualquier otra deuda o costos por obras ejecutadas o que deban ejecutarse para la provisión de servicios a dicho terreno, entre ellos, red de agua potable, cordón cuneta, pavimento, cloacas y cualquier otro que afectare al inmueble.

Que a su vez en dicha acta, en su cláusula cuarta, se establece que la Municipalidad de la Ciudad de Arroyito, se compromete a utilizar el terreno, que recibe en donación, para la construcción de una Escuela Secundaria PROA, según el pedido realizado por el intendente de la ciudad de Arroyito. Dicho Colegio  será construido por el Gobierno de la Provincia de Córdoba en el Marco del Programa Avanzado de Educación Secundaria Escuelas PROA. 

Que como lo menciona el art. 66 inciso 10 de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Concejo Deliberante autorizar al Departamento Ejecutivo a aceptar donaciones con cargo. 

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA  CON FUERZA DE

ORDENANZA:

“ACEPTACIÓN DE LA DONACIÓN CON CARGO OFRECIDA POR LA FIRMA ARCOR S.A.I.C., MEDIANTE RATIFICACIÓN DEL ACTA ACUERDO DONACIÓN SUSCRIPTA  POR EL INTENDENTE MUNICIPAL Y EL APODERADO DE LA FIRMA”

Art. 1°) RATIFÍCASE: Acta Acuerdo Donación, suscripta con fecha 30 de octubre del año 2018,  celebrada entre la Municipalidad de la Ciudad de Arroyito y el apoderado de la firma ARCOR S.A.I.C., Sr. Ricardo Alfredo MARTIN., con la previsión establecida en el Art. 5°).

Art. 2º) AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a aceptar la donación con cargo ofrecida en Acta Acuerdo Donación, suscripta con fecha 30 de octubre del año 2018, celebrada entre la Municipalidad de la Ciudad de Arroyito y el apoderado de la firma ARCOR S.A.I.C., Sr. Ricardo Alfredo MARTIN, de un predio que se identifica como manzana Municipal Nº 422, con superficie aproximada de 7.467,28 mts. cuadrados, ubicada entre las calles López y Planes; José Quintela; Güemes y Alfonsina Storni, de la ciudad de  Arroyito, empadronado en la DGR bajo el número 3005-2238708-1, Nomenclatura Catastral 04-01-01-106-001, cuya propiedad corresponde a  ARCOR S.A.I.C, por Convenio de Permuta suscripto con la Municipalidad, con fecha 26 de mayo del 2008.

Art. 3º) CÚMPLASE con el cargo dispuesto en el Acta Acuerdo Donación referido, a cuyo fin utilícese el terreno, que se recibe en donación, para la construcción de una Escuela Secundaria PROA, según el pedido realizado por el intendente de la ciudad de Arroyito. Debiendo el Municipio donar, dicho predio, a la Provincia de Córdoba, quedando el Intendente de la Municipalidad de Arroyito autorizado para ello.

Art. 4º) ACÉPTASE la obligación a cargo de la Municipalidad de Arroyito de afrontar el pago a favor de la Cooperativa de Electricidad y Servicios Públicos Arroyito Lda. (C.E.S.P.A.L.) del monto a abonar por la obra de red eléctrica domiciliaria y alumbrado público ejecutada. Asimismo, la Municipalidad asume a su cargo cualquier otra deuda o costos por obras ejecutadas o que deban ejecutarse para la provisión de servicios a dicho terreno, entre ellos, red de agua potable, cordón cuneta, pavimento, cloacas y cualquier otro que afectare al inmueble, como los correspondientes a la escritura traslativa de dominio.

 Art. 5º) IMPÚTESE: La superficie donada a cuenta de espacios verdes por futuros loteos que ARCOR S.A.I.C realice en el radio urbano de la ciudad de Arroyito, cualquiera sea su ubicación, entendiéndose por tal el sector sur comprendido desde la línea de ferrocarril hacia el sur del ejido municipal.

Art. 6º) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal, protocolícese y archívese. 

DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A VEINTE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.