ORDENANZA N° 1840/2018
“ACEPTACIÓN DE LA DONACIÓN CON CARGO OFRECIDA ENTESTAMENTO POR LA SEÑORA FIDERMINA VERA DE UN LOTE DE TERRENO PARA CONSTRUIR UN ASILO DE ANCIANO, COMEDOR COMUNITARIO O SALÓN MULTIUSO PARA ACTIVIDADES INFANTILES”.
VISTO: El Testamento en instrumento público, Escritura Nº 16 de fecha 26 de febrero de 2013, celebrada por la Escribana Pública Notarial Claudia Vega de Pereyra, Titular del Registro Nro. 264, de la Ciudad de Arroyito.
Y CONSIDERANDO: Que en dicho instrumento la señora Fidermina Vera, manifiesta su voluntad de testar y expresa que su intención es dejar a su fallecimiento un terreno baldío de diez metros por cincuenta a la Municipalidad de Arroyito, con el cargo de que en ese lugar funcione un asilo de ancianos o en su caso, un comedor comunitario o un salón multiuso para actividades infantiles, con el nombre “Fidermina Vera”.
Que la fracción de terreno testada forma parte de un lote de mayor superficie en el que se encuentra ubicada asimismo la vivienda de propiedad de la testadora, ubicada en calle Leandro Alem Nro. 471 de esta Ciudad de Arroyito, individualizado como Lote 11 de la Manzana 388 del Catastro Municipal.
Que a su vez en dicha escritura, en su cláusula cuarta, se establece que la Municipalidad de la Ciudad de Arroyito, deberá encargarse de la subdivisión del inmueble – mayor superficie -, siendo esta una obligación incluida en el testamento por la donante.
Que se encuentra en trámite los autos caratulados: “Vera Fidermina- Testamentario – (Expte Nro. 2561499)”, por ante el Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial, de Conciliación, Familia, Control, Niñez y Juvenil, Penal, Juvenil y Faltas de esta ciudad de Arroyito, requiriéndose en esta etapa la ordenanza de aceptación y posterior donación por escritura pública a los fines de hacer valer los derechos de la Municipalidad.
Que como lo menciona el art. 66 inciso 10 de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Concejo Deliberante autorizar al Departamento Ejecutivo a aceptar donaciones con cargo.
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
“ACEPTACIÓN DE LA DONACIÓN CON CARGO OFRECIDA EN TESTAMENTO POR LA SEÑORA FIDERMINA VERA DE UN LOTE DE TERRENO PARA CONSTRUIR UN ASILO DE ANCIANO, COMEDOR COMUNITARIO O SALÓN MULTIUSO PARA ACTIVIDADES INFANTILES”
Art. 1°) AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a aceptar la donación con cargo ofrecida en testamento por la Sra. Fidermina VERA, L.C. 1.571.128,de un terreno de una superficie de 10 m de frente por 50 metros de fondo, que forma parte de una mayor superficie identificada como Lote 11 de la manzana 388, según Catastro Municipal, ubicada sobre calle Leandro Alem nro. 471 de la Ciudad de Arroyito, Pedanía Arroyito, Departamento San Justo de esta Provincia de Córdoba, que posee una superficie total de 1.111,77 metros cuadrados y linda: al Norte con terreno de Osvaldo Luquieri; al Este con calle Leandro Alem; al Sur con Lote 2, y al Oeste con terreno de Julio González, y se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble, a la Matrícula 1000852 del Departamento San Justo.
CÚMPLASE con el cargo dispuesto en el testamento celebrado, en consecuencia, destínese el inmueble donado para la construcción de un asilo de ancianos o, en su caso, un comedor comunitario, o un salón multiuso para actividades infantiles con el nombre de “FIDERMINA VERA” .
Art. 2º) ACÉPTASE la obligación a cargo de la Municipalidad de Arroyito de afrontar los gastos que demande la Mensura y Subdivisión del Lote referido en el art. 1º), para inscribir el inmueble donado a nombre del Municipio.-
Art. 3º) DÉSTINASE la superficie de que se trata al Dominio Privado de la Municipalidad de la Ciudad de Arroyito.
Art. 4º) COMUNÍQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal, Protocolícese y Archívese.
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A CUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.