Concejo Deliberante

RESOLUCIÓN Nº 21/2018

VISTO: La existencia de la Ordenanza N° 998/2001 Regulación de la Permanencia de Perros en la Vía Pública y Refugio Canino y de la N° 1597/2012 “Modificación del Art. 16,18 y 20 de la Ordenanza 998/2001”, que son las que regulan la permanencia de los animales en la Vía Pública y Refugio Canino.
Que según una recopilación de datos realizado en nuestra ciudad, la relación entre la cantidad de perros por casa es altísima, y que existen muchísimos perros callejeros sin dueño o con dueños que permiten su permanencia en la vía pública.
Y CONSIDERANDO: Que actualmente los dueños de mascotas, llevan las mismas a lugares públicos generando en algunas oportunidades molestia por parte de las demás personas que allí se encuentran. Debido a que les molestan los animales, o les tienen miedo.
También la existencia de animales en situación de abandono en vía pública, sin posibilidad de adopción ya que su situación no es la más favorable, ya que en algunos casos se generan problemáticas sociales tales como perros agresivos, bolsas de basuras rotas por los perros, perros que corren vehículos, muerden personas, generan suciedad, transmisión de enfermedades como parasitosis, etc.
Que la tarea que se realiza en el REFUGIO CANINO MUNICIPAL, es importante, como así también la labor llevada a cabo por los integrantes de la Asociación Civil “CORAZÓN DE TRAPO”, y de muchos vecinos de manera individual, es fundamental, respecto al rescate, adopción y cuidados, pero que a veces no es suficiente, es que proponemos aportar, a través de un proyecto: la
creación de un parque canino público.

Que no existe actualmente un espacio físico, o lugar para que los propietarios de mascotas puedan llevar las mismas en horarios establecidos con el fin de mejorar la convivencia con los vecinos, ya que muchas veces, nos encontramos que es difícil congeniar la permanencia en ciertos lugares públicos entre animales y personas.
Disponer un espacio físico que funcione como parque recreativo para mascotas y sus dueños, un lugar seguro, tanto sanitaria como socialmente. Utilizando para la realización de atracciones para las mascotas (juegos y la ornamentación del parque) materiales reciclados tales como tarimas, tarros metálicos y plásticos, etc, Que permita la reeducación de animales en situación de

abandono, para reinsertarlos en la sociedad. También que sea utilizado para la realización de Actividades Sociales como Desfiles de Mascotas, talleres de educación canina, o talleres de concientización sobre la tenencia de mascotas, jornadas de adopción responsable, etc.

Que uno de los Objetivos fundamentales de este proyecto, es la Reeducación de personas y animales, brindando información correcta sobre la tenencia responsable de mascota: Castraciones, desparasitación, higiene, salud. Y Por otro lado mejorar el vínculo Mascota-Humano.

Que dentro del proyecto está previsto, reeducar en el parque un promedio de 3 perros callejeros, que les permita ser Adoptados por personas responsables.

También la creación de una Base de datos para seguimiento de adopciones y control de mascotas, que permita ayudar a sus dueños en caso de pérdida de animales por parte de los mismos.
Para llevar a cabo el mismo se necesita disponer de un espacio físico al aire libre de aproximadamente 1000 m2, donde sea posible crear un parque recreativo, dentro de la ciudad, que facilite el acceso a todos los vecinos que quieran llevar sus mascotas.

Que para el ingreso al Parque las mascotas y sus dueños deberán presentar obligatoriamente y dejar asentado en la Base de datos los siguientes requisitos para la realización de un Carnet de Ingreso habilitado por un veterinario: -Dejar registro en la Base de datos respecto de la mascota y su dueño: tales como: Nombre mascota, edad, raza y del dueño: Nombre y Apellido: Dirección y Teléfono -Carnet de salud y vacunación de la mascota actualizado. -Ingreso a partir de los 3 meses o 3° Vacuna. -si el perro es agresivo, deberá ingresar obligatoriamente con Bozal

Que la instalación, creación y mantenimiento del parque será a cargo de Voluntarios, un Educador canino, Veterinario, y colaboradores. Según la iniciativa presentada por Mariana Algarbe y Leonardo Moyano, donde sugieren las siguientes condiciones para la instalación:

  • Parque o área cercada con ingreso controlado y con las normas de conducta a la vista y con horarios establecidos para el funcionamiento
  • Áreas separadas para perros pequeños y grandes
  • Bebederos y comederos para perros
  • Botiquín de primeros auxilios y número de urgencias veterinarias en caso de ser necesario.
  • Zona con bancos (asientos) y sombra para la permanencia de los dueños.
  • Presencia de colaboradores y provisión de bolsas y tachos de residuos para la colocación de las deposiciones y basura generada durante la permanencia en el lugar.

POR ELLO

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO, EN USO
DE SUS FACULTADES

R E S U E L V E

Art. 1°) SOLICITASE al Departamento Ejecutivo la posibilidad de disponer de un espacio físico para el Funcionamiento del Parque Canino
Art. 2°) COMUNÍQUESE, dése al Registro Municipal, protocolícese y archívese.