ORDENANZA N° 1838/2018
“RATIFICACIÓN DE LOS CONVENIOS DE COMPLEMENTACIÓN DE SERVICIOS SUSCRIPTOS ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO Y EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Y DE LOS ACUERDOS COMPLEMENTARIOS ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO Y LA ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ACARA)”.
VISTO: Los convenios suscriptos por el Departamento Ejecutivo Municipal por una parte y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA) por la otra, a los fines de adherir a los sistemas SUCERP y SUGIT, y los acuerdos complementarios celebrados con esta última.
Y CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo Municipal, en el marco de sus atribuciones, según lo establece el Art. 88 inc. 8 de la Carta Orgánica Municipal, ha suscripto dos Convenios con el Subdirector Nacional del DNRPA, representando al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Sr. Dr. Oscar AGOST CARREÑO, y con el Director General de ACARA, Sr. Horacio Alfonso DELORENZI.
Que uno de los convenios celebrados tiene como objeto la adhesión al Sistema Unificado de Cálculo, Emisión y Recaudación de Patentes – SUCERP, y el otro tiene como objeto la adhesión al Sistema Unificado de Gestión de Infracciones de Tránsito – SUGIT.
Que el objeto de los mencionados convenios consiste en que los Encargados de los Registro Seccionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios, dependientes de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios, actúen como Agentes de Percepción del Impuesto y/o Tasa a la Radicación de los Automotores (Patentes) y Motovehículos ( o SUCERP), y de igual manera respecto de las multas por infracción de tránsito cometidas en jurisdicción de nuestra Municipalidad (o SUGIT).
Que en dichos convenios (Cláusula Octava – SUCERP- y Cláusula Quinta – SUGIT -) se establece que el Ente Cooperador, en los términos de la Ley Nº 23.283, que establece la facultad de la Secretaría de Justicia de celebrar convenios con entidades públicas que tengan por objeto la cooperación técnica y financiera con la DNRPA y de los Créditos Prendarios, será la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina.
Que como consecuencia de lo dispuesto en dicha ley, el Departamento Ejecutivo Municipal subscribió dos acuerdos complementarios con el Director General del ACARA en su carácter de Ente Cooperador, en los que se regula la implementación las obligaciones y prestaciones que tendrá a su cargo la ACARA y la Municipalidad en el marco de los sistemas mencionados.
Que el Municipio tiene la posibilidad de adherirse a los mencionados sistemas, como ya lo han hecho muchos otros municipios, lo que facilitará el cobro de multas y patentes de manera conjunta con las demás jurisdicciones.
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
PROYECTO DE ORDENANZA: “RATIFICACIÓN DE LOS CONVENIOS DE COMPLEMENTACIÓN DE SERVICIOS SUSCRIPTOS ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO Y EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Y DE LOS ACUERDOS COMPLEMENTARIOS ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO Y LA ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ACARA)”.
Art. 1°) RATIFÍCASE EN TODOS SUS TÉRMINOS el Convenio de Complementación de Servicios celebrado con el Subdirector Nacional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Sr. Dr. Oscar AGOST CARREÑO, en los que presta conformidad el Director General de ACARA, Sr. Horacio Alfonso DELORENZI, en su carácter de Ente Cooperador, y que tienen por objeto, uno de ellos la adhesión al Sistema Unificado de Cálculo, Emisión y Recaudación de Patentes – SUCERP, y el Acuerdo Complementario celebrado con el Director General de la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA), Sr. Horacio Alfonso DELORENZI, y que tienen por objeto, que los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios, actúen como Agentes de Percepción del Impuesto y/o Tasa a la Radicación de los Automotores y Motovehículos (Patentes).
Art. 2°) RATIFÍCASE EN TODOS SUS TÉRMINOS lo Convenio de Complementación de Servicios celebrado con el Subdirector Nacional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Sr. Dr. Oscar AGOST CARREÑO, en los que presta conformidad el Director General de ACARA, Sr. Horacio Alfonso DELORENZI, en su carácter de Ente Cooperador, y que tienen por objeto, uno de ellos la adhesión al Sistema Unificado de Gestión de Infracciones de Tránsito – SUGIT, y el Acuerdo Complementario celebrado con el Director General de la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA), Sr. Horacio Alfonso DELORENZI, y que tienen por objeto, que los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios, actúen como Agentes de Percepción de las multas por infracción de tránsito cometidas en jurisdicción de nuestra Municipalidad.
Art. 3º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dése al registro Municipal, Protocolícese y archívese.
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A SEIS DÍAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.