Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1830/2018

“RATIFICACIÓN DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA CELEBRADO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO Y LA FIRMA ARCOR S.A.I.C”

VISTO: El contrato de compraventa celebrado el día 05/07/2018 entre el Departamento Ejecutivo Municipal de nuestra ciudad y la firma ARCOR S.A.I.C.

Y CONSIDERANDO: Que  el objeto del contrato de compraventa suscripto es la adquisición por parte de la Municipalidad de la Ciudad de Arroyito de dos (2) lotes de terreno baldío, ubicados en la zona sur de la ciudad de Arroyito, los que según plano de Mensura y Subdivisión confeccionado por la Ing. María Jimena Sala, aprobado en Expte. N° 0589-007426/2014, se designan como: a) Lote N° 6 de la Manzana 19, con una superficie de 17.228,42 m2, cuyas medidas y linderos constan en el respectivo título inscripto en el Registro de la Propiedad con relación a la Matrícula 1.484.091; y b) Lote N° 101 de la Manzana 19, con una superficie de 19.571,24 m2, cuyas medidas y linderos constan en el respectivo título inscripto en el Registro de la Propiedad con relación a la Matrícula 1.590.286.

Que la adquisición se debe a la necesidad de adquirir los terrenos por parte de la Municipalidad de Arroyito a los fines de poder dar cumplimiento con los planes municipales de viviendas vigentes, lo cual queda plasmado en el contrato referido en la cláusula Primero, último párrafo.

Que, el Dictamen de la Asesoría Letrada Municipal expresa: “En consecuencia, considero aconsejable y conveniente técnica y económicamente la adquisición de los Lotes 6 y 101 de los Planos de Mensura y Subdivisión Exptes. Nro. 0589-007426/2014 y 0589-011225/2017, a cuyo fin debe ratificarse el Boleto de Compraventa acompañado a la mayor brevedad posible atento los plazos acordados con la empresa ARCOR S.A.I.C. en virtud de la facultad de gestión otorgada al DEM a estos fines.”

Que, de acuerdo a nota enviada al Ing. Lafarina por parte de la Arq. María Alejandra Fabre, de fecha 25 de Junio de 2018, la misma expresa: “Me dirijo a usted con los fines de recomendar la compra del lote 6 ubicado al sur de la ciudad de Arroyito, con el fin de continuar con la ejecución del Plan Casa Social y lote n° 101 que concernirá a la construcción del plan casa Municipal. Dichos lotes están contiguos al plan de vivienda ya construido, lo cual favorece el crecimiento poblacional y económico de ese sector urbano de la ciudad, unificando urbanísticamente en dicho espacio los planes de vivienda municipales ya edificados y futuros a construir como así también facilitando la conexión a redes de servicios públicos existentes como son energía eléctrica, agua, gas y futura red cloacal; logrando de esta manera la integración y conexión del plan casa municipal dentro del ejido urbano de nuestra ciudad.”

Que acompaña la documentación recibida, la tasación de Vaula Inmobiliaria de fecha 2 de julio de 2018, y fue requerida tasación del Pedrito Tasador Pedro Daniel Artinian.

Que, en el contrato de referencia, se establece que el mismo se suscribe ad Referéndum del Concejo Deliberante de la Ciudad de Arroyito.

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA  CON FUERZA DE

ORDENANZA:

“RATIFICACIÓN DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA CELEBRADO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO Y LA FIRMA ARCOR S.A.I.C”

Art. 1º) RATIFÍCASE EN TODOS SUS TÉRMINOS, el Contrato de Compraventa celebrado con la firma ARCOR S.A.I.C. en fecha 05/07/2018 para la adquisición por parte de la Municipalidad de la Ciudad de Arroyito de dos lotes de terreno baldío, ubicado en la zona sur de la ciudad el que según plano de mensura y subdivisión confeccionado por la Ing. María Jimena Sala, aprobado en Expte. N° 0589- 007426/2014, se designan como a) Lote N° 6 de la Manzana 19, con una superficie de 17.228,42 m2, cuyas medidas y linderos constan en el respectivo título inscripto en el Registro de la Propiedad con relación a la Matrícula 1.484.091; y b) Lote N° 101 de la Manzana 19, con una superficie de 19.571,24 m2, cuyas medidas y linderos constan en el respectivo título inscripto en el Registro de la Propiedad con relación a la Matrícula 1.590.286. Se acompaña al presente, copia del Contrato y constancias catastrales.-

Art. 2º) DESTÍNASE la adquisición de ambos lotes de terreno para la continuidad de la construcción de los Planes de Vivienda Casa y Casa Social.

Art. 3º) IMPÚTESE el pago que demande el cumplimiento del presente a las Partidas N° 9.2.1.07.07.00.00.00 – COMPRA DE TERRENOS; N° 9.2.1.08.01.01.04.02 – PLAN DE VIVIENDAS “CASA”; y N° 9.2.1.08.01.01.04.03 – PLAN DE VIVIENDAS “CASA SOCIAL”, en la proporción que corresponde conforme lo acordado por la Comisión de Seguimiento de los Planes Municipales de Vivienda “Plan Casa” y “Plan Casa Social”.  

Art. 4°) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese al registro Municipal,  protocolícese y archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A DOCE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.