Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1828/2018

“AMPLIACIÓN PLAN DE PAVIMENTACIÓN SEGUNDO FONDO COMUN – PLAN 85/89, PREVISTO EN ORDENANZAS Nº 42/70 Y 340/85”

VISTO: La obra “Pavimentación de las calles del Radio Urbano – Segundo Fondo Común – Plan 1985/1989” dispuesto por Ordenanzas Nº 42/70 y 340/85.-

Y CONSIDERANDO: Que es necesario y conveniente proceder a la pavimentación en algunos sectores a los fines de completar el circuito vial de la ciudad, la Municipalidad dispone la ejecución de las siguientes cuadras, que además cuentan con la aceptación de la mayoría de los vecinos frentistas:

  1. Calle Bartolomé Mitre entre Av. Marcial Vaudagna y Domingo Ciancia.
  2. Calle Rafael Nuñez entre Tomás Juárez y Modesto Maranzana.
  3.  Calle José Monte entre José Gimenez Lagos y Alfonsina Storni.
  4.  Calle Leandro Alem entre Alfonsina Storni y José Quintela.
  5.  Calle Leandro Alem entre José Quintela y Av. Manuel Serra.
  6.  Calle Alfonsina Storni entre Pacífico Giusti y Güemes.

Que el Art. 18º) de la Ordenanza Nº 42/70 prevé esta situación, expresa los requisitos que los beneficiarios de las Obras deben cumplimentar para solicitar la ejecución de los trabajos para que queden debidamente cumplimentados.-

Que ha sido, es y será intención de este Departamento Ejecutivo propiciar las obras de Pavimentación de las calles del Radio Urbano.-

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA  CON FUERZA DE

ORDENANZA:

“AMPLIACIÓN PLAN DE PAVIMENTACIÓN SEGUNDO FONDO COMUN – PLAN 85/89, PREVISTO EN ORDENANZAS Nº 42/70 Y 340/85”.-

Art. 1º) DISPONESE la ampliación de la Obra de Pavimentación de las Calles del Radio Urbano dispuesto por Ordenanza Nº 340/85, incorporando en el Art. 2º de la misma las cuadras que se detallan a continuación:

1) CalleBartolomé Mitre entre Av. Marcial Vaudagna y Domingo Ciancia.

2) Calle Rafael Núñez entre Tomás Juárez y Modesto Maranzana.

3) Calle José Monte entre José Giménez Lagos y Alfonsina Storni.

4) Calle Leandro Alementre Alfonsina Storni y José Quintela.

5) Calle Leandro Alementre José Quintela y Av. Manuel Serra.

6) Calle Alfonsina Storni entre Pacífico Giusti y Güemes.

Art. 2º) Los propietarios frentistas de las Obras que se ordena ejecutar en el Artículo Precedente deberán cumplimentar con las disposiciones establecidas en la Ordenanza Nº 42/70 y su modificatoria Ordenanza Nº 340/85 y demás disposiciones dictadas concordantes con los mencionados instrumentos, más aquellos que se dicten en el futuro.-

Art. 3º) EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL dispondrá del mayor plazo a conceder a la contratista en función del nuevo volumen de la Obra incorporada al Programa inicial.-

Art. 4º) NOTIFÍQUESE a la COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS PÚBLICOS DE ARROYITO LIMITADA a los efectos establecidos en la Ordenanza Nº 42/70.

Art. 5º) COMUNÍQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal, Protocolícese y Archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.