ORDENANZA N° 1812/2018
“RATIFICACIÓN DEL BOLETO DE COMPRAVENTA CELEBRADO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO Y EL SEÑOR GUSTAVO DANIEL GIORDANO EN EL MARCO DEL RÉGIMEN DE FOMENTO Y PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES LABORALES”
VISTO: El Proyecto de Trabajo presentado por el Sr. Gustavo Daniel GIORDANO aprobado por la Resolución del Concejo Deliberante Nº 02/2011, en el marco de la Ordenanza Nº 978/2.000 y su modificatoria -Ordenanza Nº 1.304/2008- “Régimen De Fomento y Promoción de Actividades Laborales”.-
Y CONSIDERANDO: Que, la Resolución del Concejo Deliberante Nº 02/2011, de fecha Treinta y Uno de Marzo de 2.011, aprueba el proyecto presentado por el señor Gustavo Daniel Giordano referido a la instalación de una planta para la extracción y depósito de miel en un terreno apto para desarrollar dicha actividad. Dicho proyecto se viene desarrollando paulatinamente hasta el momento, siendo su continuidad constatada por personal municipal.-
Que la Ordenanza Nº 1.304/2.010 modificatoria del Régimen de Fomento y Promoción de Actividades Laborales, establece un procedimiento específico para la adquisición de los lotes otorgados en comodato por parte de los beneficiarios delos proyectos. Su artículo 7º de la Ordenanza 978/2000, modificado dispone: “En caso de que el beneficiario decidiere adquirir o comprar el bien objeto de comodato, deberá comunicar tal decisión a la Municipalidad en forma fehaciente, haciendo una oferta por el mismo en forma expresa, determinando precio, forma de pago y plazo en forma clara y precisa. En este caso la Municipalidad tomará en primer término la oferta del mismo, y, previa tasación del inmueble efectuada por Perito Tasador que para tal efecto solicitará la Municipalidad a Profesional de este medio, y, si se ajusta al ofrecimiento formulado por el beneficiario, podrá la Municipalidad vender el bien bajo las condiciones que para tal efecto requiera ésta última, todo con previa ratificación del Concejo Deliberante”.–
Que el microemprendedor hizo saber su intención de adquirir el inmueble objeto del comodato mediante nota presentada con fecha 25/10/2017, a tal efecto realizó una oferta acompañando tasación realizada por el Corredor Inmobiliario Sr. José Luis Dadurian, propuesta que fue cotejada con la tasación realizada por el Perito Tasador Pedro Daniel Artinian, M. P. Nº 06-279, reajustando el valor del inmueble y realizando una nueva oferta, monto que figura en el contrato cuya ratificación se pretende, y que será abonado mediante depósito en la cuenta de la Municipalidad de Arroyito una vez aprobado el Boleto de Compraventa por el Concejo Deliberante.
El inmueble cuenta actualmente con una superficie total de Cuatrocientos Sesenta y Tres metros cuadrados (463 m2)y linda al Norte con calle publica Píndaro Ludueña, al Este con Lote 2, al Oeste con Lote 4 y al Sur con Lote 13, todos de la misma manzana, ello según los registros de Catastro Municipal.-
Que es atribución del Concejo Deliberante resolver sobre la presente cuestión.
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
“RATIFICACIÓN DEL BOLETO DE COMPRAVENTA CELEBRADO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO Y EL SEÑOR GUSTAVO DANIEL GIORDANO EN EL MARCO DEL RÉGIMEN DE FOMENTO Y PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES LABORALES”
Art. 1°) A los fines de la Ratificación del Boleto de Compraventa, motivo de la presente ordenanza, deberá modificarse el precio de la cláusula segunda del Boleto de Compraventa de fecha 12 de marzo del corriente, quedando redactado de la siguiente manera:
SEGUNDA – El precio total de la compraventa se conviene en la suma de Pesos Trescientos cincuenta mil ($350.000.-) suma que se depositará en la cuenta N° 340-000005/5 de la Municipalidad de la Ciudad de Arroyito, adjuntando al presente la constancia bancaria correspondiente.
Art. 2º) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal, Protocolícese y Archívese.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.