ORDENANZA N° 1792/2017
“CAMPAÑAS DE CONCIENTIZACION SOBRE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO, ALCOHOLISMO Y DROGADICCIÓN”
VISTO: El crecimiento vertiginoso de accidentes de tránsito en las calles de nuestra ciudad y la aceleración de la problemática del alcoholismo y la drogadicción en los jóvenes y adultos.
Y CONSIDERANDO: Que, debemos analizar los accidentes de tránsito, ya sean estos con motos, autos o bicicletas, el alcoholismo y la drogadicción y determinar por qué se producen, e inmediatamente sobreviene una respuesta: la falta de compromiso social de los usuarios, de la comunidad y la carencia de controles o controles deficientes.
Que, en nuestro medio esta problemática ataca a todos los niveles sociales y a todas las edades, pero principalmente a los jóvenes y adultos, los que son producto de una generación que no ha tenido pautas claras de concientización sobre la problemática que hoy nos aqueja y afecta al mundo.
Que no es un problema que pueda abatirse con sólo algunas campañas de concientización de la sociedad recalcando sobre los inconvenientes que estos flagelos producen, ni con campañas limitadas en el tiempo; esto debe ser una tarea larga y constante, que cale hondo en la conciencia del ciudadano, que lo lleven a internalizar conductas. Tal vez, los frutos concretos se puedan ver en la próxima generación, pero los que integramos el estado estamos obligados a dar inicio a esta batalla; si no concluimos que estamos ante un grave problema, las próximas generaciones habrán entrado a un camino sin retorno, en un camino de destrucción de la familia y la sociedad.
Que, cuando una sociedad se encuentra afectada, somos todos los que la integramos, los obligados a atacar la problemática, y a esto parece haberlo entendido perfectamente la emisora radial local f.m. Libre, la que entre sus pautas publicitarias, en nombre propio, lanzó una campaña de concientización sobre la prevención de accidentes de tránsito, acción que debemos aplaudir de pie, pero indudablemente los de mayor responsabilidad, somos los que integramos el estado, elegidos para representar a esa sociedad, y cuya tarea no sólo debe limitarse a controlar y fijar sanciones a aquellos que infringen las normas, sino la de prevenir que nuestra sociedad se vea afectada. La prevención podría materializarse por medio de campañas de concientización, tomando como ejemplo, el hecho que ya nadie fuma en lugares públicos, lo que nos parecía de imposible cumplimiento.
Que, para que estas campañas puedan concretarse, se debe contar con el aporte económico, y existiendo en nuestra ciudad el Juzgado de Faltas, que es el encargado de juzgar y castigar económicamente las conductas reprochables, y observando en el presupuesto que por estos conceptos se producen importantes ingresos anuales a las arcas municipales, que más lógico que ese dinero vuelva a la sociedad pero en campañas de concientización, de prevención, de educación, de cultura, para que podamos formar a nuestros jóvenes, para que las generaciones futuras ya tengan internalizado el reproche a las conductas que hoy atacan a nuestra sociedad.
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
“CAMPAÑAS DE CONCIENTIZACION SOBRE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO, ALCOHOLISMO Y DROGADICCIÓN”
Art. 1º) DISPÓNGASE que del total de los ingresos provenientes del cobro de multas derivadas de la actuación de la policía municipal, ingresadas en la partida presupuestaria N° 8.1.1.02.03.02.00.00 y de las derivadas de la actuación de la policía caminera provincial ingresadas en la partida presupuestaria Nº 8.1.1.02.03.01.00.00, el Departamento Ejecutivo destinará un porcentaje que fijará por Decreto pero que no podrá ser inferior al 10%, para la realización de campañas publicitarias, radiales, televisivas, gráficas, audiovisuales, conferencias, cursos, congresos, etc. dirigidas a concientizar a la población sobre la prevención de accidentes de tránsito, alcoholismo y drogadicción.
Art. 2°) CRÉASE una Comisión de seguimiento integrada por un concejal por cada bloque político, el director de tránsito de la municipalidad y un funcionario designado por el Secretario de Gobierno, la que tendrá a su cargo sugerir la adopción de medidas, realización de campañas, ordenamiento del tránsito y toda otra cuestión vinculada con la mejor circulación de vehículos y prevención de accidentes. A tal fin, la Comisión queda facultada para requerir el concurso de las personas o entidades que crea conveniente, como también coordinar tareas conjuntas con otros organismos, especialmente los judiciales, sanitarios y educativos.
Art. 3°) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal, protocolícese y archívese.
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.