Concejo Deliberante

RESOLUCIÓN Nº 13/2017

VISTO: El proyecto de Resolución denominado REALIZACIÓN DE GARITA EN CALLE FULVIO PAGANI ENTRE RAFAEL NUÑEZ Y CARLOS PONTÍN VEREDA NORTE MANZANA 25 BIS, presentado por el Bloque Vecinalismo Independiente en la Sesión del día 03 de julio del corriente.

Y CONSIDERANDO: Que en sus fundamentos, el mismo hace referencia a “que en la margen norte de la avenida Fulvio Pagani entre las arterias Rafael Núñez y Carlos Pontín se encuentra la parada de colectivos interurbanos. 

Que, los pasajeros que utilizan este servicio se encuentran en total desprotección y a la intemperie en ocasiones de mal tiempo como lluvias, vientos fríos, etc.

Que, es prioridad del municipio la seguridad de sus habitantes de acuerdo al artículo Nro. 39 de nuestra Carta Orgánica. Que, los pasajeros son de diversas edades, existiendo ancianos y niños en edad escolar. 

Que, es necesario tanto para los niños como para los adolescentes que tienen que realizar viajes para asistir a clases entre otras responsabilidades que deben asumir como buenos ciudadanos. 

Que, el servicio que prestan las empresas de transportes hacen un recorrido por todo el ejido de Arroyito por la avenida Fulvio Pagani (ruta nacional N° 19) pasando por los parajes de La Curva y El Fuertecito. 

Que los parajes antes mencionados forman parte de nuestro ejido municipal y son habitantes con pleno derecho de nuestra ciudad. Que el mencionado proyecto fue Aprobado por Unanimidad, modificándose el título, el cual quedaría redactado de la siguiente manera: PEDIDO DE FACTIBILIDAD PARA LA REALIZACIÓN DE GARITA EN CALLE FULVIO PAGANI ENTRE RAFAEL NUÑEZ Y CARLOS PONTÍN VEREDA NORTE MANZANA 25 BIS.

POR ELLO

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO, EN USO DE SUS FACULTADES

R      E      S      U      E      L      V      E

Art. 1°) SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo Municipal analice la factibilidad para la instalación de un espacio necesario y seguro destinado a la obra de una Garita sobre ruta 19 Manzana 25 bis, sobre la acera en cuestión.

Art. 2°) COMUNÍQUESE, Publíquese, dése al Registro Municipal, protocolícese y archívese.