Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1778/2017

“RECTIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 107 DE LA ORDENANZA 1765,  MODIFICATORIA DEL CÓDIGO URBANÍSTICO DE LA CIUDAD DE ARROYITO”

VISTO: Que en la redacción de la ordenanza 1765/2017 se ha deslizado un error involuntario en la modificación de uno de los artículos del Código Urbanístico de la Ciudad de Arroyito. 

Y CONSIDERANDO: Que, el mismo consiste en que se ha omitido consignar en el punto a.4) último párrafo del inc. a del Art. 107 de la Sección 2.2 modificado por el Art. 1°) de la ordenanza 1765/2017, que la superficie indicada en el citado punto es para destinar a Estacionamiento.

Que si bien se trata de un error material e involuntario, corresponde salvarlo a los fines de evitar cualquier confusión en el futuro.

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA  CON FUERZA DE

ORDENANZA:

“RECTIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 107 DE LA ORDENANZA 1765, MODIFICATORIA  DEL CÓDIGO URBANÍSTICO DE LA CIUDAD DE ARROYITO”

Art. 1°) INCLÚYESE en el último párrafo del punto a.4) del inciso a) del artículo 107 de la sección 2.2 modificado por el Art. 1°) de la ordenanza 1765/2017 la palabra “Estacionamiento,” quedando redactado de la siguiente manera:

a.4) Estacionamiento: un módulo cada 40 m² de superficie cubierta cuando supere los 400 m² (un modulo = 25 m²).

Art. 2º) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese al registro Municipal, protocolícese y archívese.-

DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.