Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1761/2017

“CREACIÓN DE LA BANDERA OFICIAL DE LA CIUDAD DE ARROYITO”

VISTO: Lo importante que para una ciudad significa una bandera símbolo de su identidad y del sentimiento de pertenencia de sus habitantes.

Y CONSIDERANDO: Que, por definición, una bandera es una pieza de tela, generalmente rectangular, aunque puede adoptar formas muy variadas, que se sujeta por uno de sus lados a un asta o se cuelga de una driza. Se utiliza para representar naciones, barrios, regiones, provincias, comunidades, comarcas, municipios, parroquias, barrios, instituciones, organismos, clubes, fundaciones, entre otras realidades. Otras características:

1- El estudio de las banderas se denomina Vexilología.

2- La creación de una bandera que identifique a un pueblo deber ser fruto del consenso y la creatividad de sus habitantes.

3- Por tratarse de un símbolo de la comunidad, la pluralidad y la participación deben ser las condiciones que el municipio debe garantizar y promover.

4- El medio por el cual puede concretarse lo antes expresado es un llamado a Concurso, convocando a todos lo miembros de la sociedad a participar en el proyecto de Creación de la Bandera Oficial de Arroyito, en forma individual o grupal, según consignas básicas que atañen a la presentación, simbología y pautas de elaboración.

Que el Art. 6° de nuestra Carta Orgánica Municipal autoriza la Creación de la Bandera Oficial de la ciudad.

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA  CON FUERZA DE

ORDENANZA:

“CREACIÓN DE LA BANDERA OFICIAL DE LA CIUDAD DE ARROYITO”

Art. 1°) DERÓGASE la ordenanza N° 1055/2003.

Art. 2°) LLÁMESE a concurso para presentación de proyectos sobre la Creación de la Bandera Oficial de la ciudad de Arroyito.

Art. 3°) La convocatoria al certamen es abierta a todo público, según las bases y condiciones y el Anexo que se adjuntan a la presente. Los participantes deberán tener en cuenta, para la generación del proyecto, aspectos como la historia, costumbres, recursos que se constituirán en el referente a significar.

Art. 4°) El Concurso, cuya denominación será “Bandera Oficial de la Ciudad de Arroyito,” tiene como objetivo seleccionar, entre las diferentes propuestas, la Bandera Oficial de la Ciudad de Arroyito, símbolo que identificará a los arroyitenses y los representará, relacionándolos con su historia y la realidad presente, pues expresará en su diseño, pertenencia y arraigo.

Art. 5°) El concurso de proyectos deberá ser convocado por la Secretaría de Gobierno, a través de la Casa de la Cultura. La convocatoria implicará, por parte de los organizadores, la publicación de las Bases con las pautas a cumplir de los participantes.

Art. 6°) La Secretaría de Gobierno, mediante la Casa de la Cultura, deberá designar un Jurado compuesto por un número no menor a cinco miembros, quienes deberán resolver la selección y adjudicación del Concurso Bandera Oficial de la Ciudad de Arroyito.

Art. 7°) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal, protolícese y archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A OCHO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.