Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1760/2017

“MODIFICACIÓN DE LOS ARTS. 1° Y 4° DE LA ORDENANZA N° 1715/2015 “APROBACIÓN DEL PLANO DE LOTEO, DE PROPIEDAD DE ARCOR SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL”

VISTO: La nota presentada por el Sr. Mario Luis Nieva Allena, en su carácter de Apoderado de la firma “ARCOR SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL”, de fecha 18 de Abril de 2.017, y los planos de Subdivisión y Loteo, confeccionado por la Ingeniera Civil María Jimena Sala.

Y CONSIDERANDO: Que, en la misiva mencionada, la firma ARCOR SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL, solicita la aprobación de una Subdivisión del lote cuya Nomenclatura catastral es 30-05-04-01-02-019-004, en dos lotes. Estos lotes tendrán los números 100 y 101.

Que la Ordenanza N° 1715/2015 contempla en su Artículo 1°, la aprobación del Loteo de terrenos de propiedad de ARCOR SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL, cuya designación catastral es: 30-05-04-01-02-019-004. Este loteo quedaría sin efecto, siendo reemplazado por los dos antedichos.

Que a su vez, estos lotes, 100 y 101 serán loteados, por separado, pero que en suma equivalen al loteo que se cita anteriormente, lo que hace que las superficies de calles y espacios verdes y socio comunitario, no se modifiquen.  

Que de acuerdo al Informe Técnico recibido desde la Secretaría de Obras Públicas de fecha 18 de Mayo de 2017, la Empresa Arcor S.A.I.C. pretende realizar el loteo de la Parcela 30-05-04-01-02-019-004 aprobado por Ordenanza N° 1715/2015, en dos etapas. Para ello, es necesario presentar cada etapa del loteo como una unidad o parcela independiente. Es decir, a la parcela original se la subdivide en dos parcelas que se lotearán por separado, independientemente una de otra:

  • Loteo de Parcela de Nomenclatura Catastral 30-05-04-01-02-019-100.
  • Loteo de Parcela de Nomenclatura Catastral 30-05-04-01-02-019-101.

Por lo expuesto, es menester aprobar una subdivisión simple en primer término, generando las parcelas 100 y 101, y dos loteos en segundo término. Como ya existe una ordenanza previa de loteo (la 1715/2015), es necesario modificar el artículo primero de dicha ordenanza que aprueba el loteo original, para aprobar la nueva subdivisión con los dos nuevos loteos. Cabe aclarar que los dos loteos, forman en conjunto el loteo original, por lo cual no hay modificaciones de dimensiones de los lotes, superficies destinadas a calles y superficie destinada a espacios verdes y equipamiento socio comunitario.

Que, por otro lado, la Ing. María Jimena Sala, en nota de fecha 23 de Mayo del corriente, se dirige al Municipio a fin de informar que el trámite de factibilidad de Agua iniciado en la Secretaría de Recursos Hídricos y Coordinación, bajo Exp. N° 0416-007293/2016 del loteo de la parcela de N.C. 30-05-04-01-02-019-004, propiedad de Arcor S.A.I.C., aprobado por Ordenanza N° 1715/2015, no será continuado en el futuro, ya que se iniciará otro trámite para el nuevo proyecto de loteo. Personalmente asumo el compromiso y dejo constancia de que la consecución del trámite queda bajo mi responsabilidad.

Que lo solicitado se ajusta a lo dispuesto en materia de Loteos, Mensuras y Subdivisiones a las reglamentaciones vigentes.

Que el Art. 4° se corrige por un error de tipeo en la ordenanza 1715/2015, respecto a la donación para Espacio Socio Comunitario.

Que es atribución del Concejo Deliberante resolver sobre el particular.

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA  CON FUERZA DE

ORDENANZA:

“MODIFICACIÓN DE LOS ARTS. 1° Y 4° DE LA ORDENANZA N° 1715/2015 “APROBACIÓN DEL PLANO DE LOTEO, DE PROPIEDAD DE ARCOR SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL”

Art. 1º) MODIFÍCASE el Artículo 1° de la Ordenanza N° 1715/2015, el cual quedará redactado como sigue:

“Art. 1°) APRUÉBANSE los Planos de los terrenos de propiedad de “ARCOR SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL” que se detallan a continuación:

Inciso a) Plano de Subdivisión de los terrenos de propiedad de “ARCOR SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL” confeccionado por la Ingeniera Civil María Jimena Sala, M.P. N° 4869, que se adjunta a la presente Ordenanza, cuya designación Catastral es: 30-05-04-01-02-019-004, Cuenta N° 3005-4.059.018/8, inscripta en el Registro General de la Provincia bajo Matrícula Folio Real N° 1.484.089.

Inc. b) Plano de Loteo de los terrenos de propiedad  de “ARCOR SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL, confeccionado por la Ingeniera Civil María Jimena Sala, M.P. N° 4869, que se adjunta a la presente Ordenanza, cuya designación Catastral es: 30-05-04-01-02-019-100.

Inc. c) Plano de Loteo de los terrenos de propiedad  de “ARCOR SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL, confeccionado por la Ingeniera Civil María Jimena Sala, M.P. N° 4869, que se adjunta a la presente Ordenanza, cuya designación Catastral es: 30-05-04-01-02-019-101.”

Art. 2º) MODIFÍCASE el Artículo 4° de la Ordenanza N° 1715/2015, el cual quedará redactado de la siguiente manera: 

“Art. 4°) ACÉPTASE la donación a favor del Dominio Público de la Municipalidad de Arroyito, por parte de “ARCOR SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL”, de una superficie de 4.421,18 metros cuadrados con destino al Dominio Público de la Municipalidad de Arroyito para Equipamiento Social Comunitario.”

Art. 3°) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal, protolícese y archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.