Concejo Deliberante

RESOLUCION N° 07/2017

VISTO: El reclamo de los vecinos en referencia a determinados puntos de la Contribución para la Canalización de Desagües Pluviales.


Y CONSIDERANDO: Que en el mes de diciembre del 2016, este Concejo aprobó la Ordenanza N° 1744/2016 Tarifaria Ejercicio 2017, en la cual, el Art. 1° inc. 4) establece la creación de un fondo para infraestructura de Obras de Canalización y Desagües de aguas pluviales, no teniendo este Cuerpo Legislativo participación en la reglamentación del mismo.

Que luego de escuchar a diferentes vecinos de nuestra ciudad, creemos necesario recomendar algunas propuestas en la reglamentación e implementación del mencionado fondo para infraestructura de Obras de Canalización y Desagües de aguas pluviales.

Que, en consecuencia, el Concejo Deliberante de la ciudad de arroyito eleva la presente resolución interna, recomendando al Departamento Ejecutivo Municipal a través del área que corresponda, contemplar las siguientes propuestas para la reglamentación del fondo citado, creado por Ordenanza N° 1744/2016 Tarifaria Ejercicio 2017, en su Art. 1° inc. 4).

POR ELLO

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO

RESUELVE

Art. 1°) SUGIÉRESE al Departamento Ejecutivo Municipal, que los vecinos contribuyan con el 10 % del valor de la Tasa Municipal a la propiedad de servicios, en concepto de Contribución para obras de desagües pluviales en el ejido urbano de la ciudad de Arroyito, el cual se calcularía teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

a) Por Zona, de acuerdo al ítem 2 del Artículo 1° de la ordenanza N° 1744/2017 Tarifaria Anual ejercicio 2017, según los metros lineales de frente, y en el caso de varios departamentos, solamente se tomaría el frente que da a la calle.
b) En el caso de las esquinas o terrenos con frente en más de una calle, se sugiere tomar como base el frente de menor longitud, y en el caso de igualdad de metros se tomaría solamente un frente.

Art. 2°) SUGIÉRESE al Departamento Ejecutivo Municipal extender el vencimiento del pago de la Contribución al 30 de Septiembre del 2017.

Art. 3°) SUGIÉRESE al Departamento Ejecutivo Municipal se tengan en cuenta para el cobro de esta Contribución, las mismas exenciones especificadas en el art. 11° de la actual Ordenanza Tarifaria Municipal N° 1744/2017. (Jubilados, Ex Combatientes de Malvinas y Bomberos Voluntarios).

Art. 4°) SUGIÉRESE al Departamento Ejecutivo Municipal modificar el nombre de la partida actual de esta Contribución, con el nombre de Fondo para Desagües Pluviales de la Ciudad de Arroyito.

Art. 5°) SUGIÉRESE al Departamento Ejecutivo Municipal contemplar que, a los contribuyentes que ya hayan realizado el pago, y que al momento de considerar estas modificaciones, le quedase un saldo a favor, se le acredite en su cuenta para ser descontados en otras Tasas, Contribuciones o Impuestos Municipales. Se sugiere que se aclare dicha devolución en el comprobante donde se aplique.

Art. 6°) COMUNÍQUESE, Publíquese, dese al Registro Municipal, protocolícese y archívese.