Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1754/2017

“AUTORIZACIÓN PARA LA TOMA DE PRÉSTAMO DEL FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA – CUOTAS 25 Y 26”

VISTO: La necesidad de contar con equipamiento a los fines de cumplimentar con la prestación de un servicio público acorde a la demanda de los vecinos, resulta necesario adquirir un Recolector Compactador de Residuos y un Equipo de Riego con  tanque de 10.000 litros PRFV.  

Y CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la Provincia de Córdoba tiene la facultad de otorgar préstamos para la financiación de obras a los Municipios a través del Fondo Permanente para la Financiación de Proyectos y Programas de los Gobiernos Locales de la Provincia de Córdoba, ya que la Municipalidad de Arroyito cumple con todos los requisitos necesarios para la adjudicación de tal préstamo. 

Que a través de la Ordenanza Nº 1.115/2.004 este Municipio adhirió a la Resolución de la Unidad de Trabajo, Provincia y Municipios, que crea el Fondo antes mencionado. El artículo 4º de la Resolución específica que el Fondo de Financiación será aplicado para financiar proyectos destinados a la adquisición de maquinarias o equipamientos para la prestación de servicios públicos o modernización de la administración pública.

Que una de las necesidades de esta Administración es la adquisición de un Recolector Compactador de Residuos y un Equipo de Riego con  tanque de 10.000 litros PRFV, para poder brindar un servicio público acorde al crecimiento de nuestra ciudad y  la demanda de los vecinos.

Que de acuerdo a los precios indagados en el mercado, el Recolector Compactador de Residuos tiene un valor aproximado de pesos cuatrocientos ochenta mil ($480.000) y el Equipo de Riego con  tanque de 10.000 litros PRFV, tiene un valor aproximado de pesos doscientos cincuenta mil setecientos cincuenta ($250.750.-), haciendo un total de pesos  setecientos treinta mil setecientos cincuenta ($730.750.-), lo que hará necesario la gestión de dos cuotas de la toma del crédito del fondo permanente.-  

Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 21º sección 13, de la resolución antedicha, la autorización para la toma del crédito del fondo permanente y su restitución deberán efectuarse mediante Ordenanza de Concejo Deliberante Municipal.

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA  CON FUERZA DE

ORDENANZA:

“AUTORIZACIÓN PARA LA TOMA DE PRÉSTAMO DEL FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA – CUOTAS 25 Y 26”

Art. 1º) FACÚLTASE, al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione y tome del FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, un préstamo de hasta PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000,00.-), correspondiente a las cuota: 25 y 26, DE PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000) cada una, del programa mencionado (Ordenanza Nº 1.115/2.004), con destino a la compra de un Recolector Compactador de Residuos y Equipo de Riego con  tanque de 10.000 PRFV, cuyas características generales se describen en el considerando de la presente Ordenanza.

Art. 2º) FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que tome un préstamo de hasta Pesos Seiscientos Mil ($ 600.000,00.-), correspondiente a las cuotas 25 y 26, de pesos TRESCIENTOS MIL ($300.000) cada una, con el destino mencionado precedentemente, que se devolverá en treinta y seis (36) cuotas mensuales de PESOS DIECISÉIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($16.666,66.-) cada una.

Art. 3º) FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que suscriba toda la documentación requerida por el fondo mencionado siguiendo la política ya utilizada por el Gobierno de la Provincia de Córdoba en oportunidad de la obtención de otros préstamos en el marco de del programa referenciado – Ordenanza Nº 1.115/2.004.

Art. 4°) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal, protolícese y archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A SEIS DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.