ORDENANZA N° 1.734/2.016
“ADHESIÓN AL ACUERDO FEDERAL CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO PROVINCIAL Y LA UNIDAD DE TRABAJO MESA PROVINCIA MUNICIPIOS”
VISTO: El Acuerdo Federal suscripto por el Gobierno de la Provincia de Córdoba y los Municipios y Comunas para garantizar la autonomía municipal y comunal, la cooperación y complementación entre el estado provincial y municipal
Y CONSIDERANDO: Que, el pasado trece de abril del corriente año, en la ciudad de Córdoba, se procedió a la suscripción del Acuerdo Federal entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba y los Municipios y Comunas de la Provincia de Córdoba, representados por los señores Miembros de los Bloques de Intendentes y Jefes Comunales de las distintas fuerzas políticas, en los términos de la Resolución Nº 132/99 del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Córdoba.
Que con fecha cuatro de mayo del dos mil dieciséis, bajo el número de Ley 10.347, fue aprobado por la Legislatura Provincial y promulgada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba el día veintiuno de Junio del corriente año.
Que dentro de los objetivos que persigue el Acuerdo Federal es fortalecer el Federalismo y el empoderamiento de los gobiernos locales, promover el progreso económico y social de la provincia utilizando el acuerdo como instrumento idóneo para el manejo competente, racional y democrático de los asuntos públicos.
Que la cooperación pactada y el esfuerzo compartido plasmados en el acuerdo, permitirá a las partes, reestructurar de manera eficiente sus previsiones financieras y presupuestarias, a fin de tornar más pujantes, eficientes y legítimas las acciones locales de gobierno.
Que de acuerdo a lo expresado por el artículo 4º de la Ley 10.347, se requerirá a los gobiernos municipales y comunales los instrumentos de adhesión, ratificación y/o aprobación del Acuerdo Federal aprobado por esta Ley.
Que es atribución del Concejo Deliberante resolver sobre el particular, ya que a este cuerpo le corresponde sancionar normas “…que sean convenientes para poner en ejercicio las atribuciones inherentes a la competencia municipal”, tal como lo establece el inciso 29 del artículo 66 de nuestra Carta Orgánica Municipal.
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
“ADHESIÓN AL ACUERDO FEDERAL CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO PROVINCIAL Y LA UNIDAD DE TRABAJO MESA PROVINCIA MUNICIPIOS”
Art. 1º) ADHIERASE esta Municipalidad al ACUERDO FEDERAL, suscripto por el Gobierno la Provincia de Córdoba y la Unidad de Trabajo Mesa Provincia Municipios con fecha trece de abril de dos mil dieciséis.
Art. 2º) RATIFÍCASE todos y cada uno de los términos de dicho acuerdo.
Art. 3º) AUTORÍZASE al Señor Intendente Municipal a suscribir todo convenio o acuerdo que permita hacer efectivo el cumplimiento de cada uno de los puntos contenidos en el ACUERDO FEDERAL.
Art. 4º) NOTIFÍQUESE a las áreas municipales correspondientes a fin de que éstas lleven adelante la difusión de la presente Ordenanza y se proceda a verificar su efectivo cumplimiento.
Art. 5º) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal, protocolícese y archívese.
DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.