Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1706/2015

“ACEPTACIÓN DE DONACIONES DE ARROYITO SERVICIOS S.A. A LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO”

VISTO: La solicitud presentada por Arroyito Servicios S.A. mediante la cual peticiona dejar sin efecto la donación del terreno paralelo a la R 19 a la Municipalidad de Arroyito destinado a ensanche de calle (15.818,64 mts.2) y de la superficie de 20.187,53 mts.2 donado por la empresa para ser destinado a calle pública paralela a la R 19, todo lo cual integra una superficie total a desafectar de 36.006,17 mts.2.

Sostiene la empresa solicitante que la superficie desafectada pasaría a formar parte de la ruta R 19 (completando un ancho de 52 metros), destacando la presentante que para los fines prácticos no cambia el funcionamiento de la calle lateral, pero si permite mediante el área “Permisos a terceros” de Vialidad Nacional  aprobar la obra de ingreso al sector, con cantero central y áreas de desaceleración y aceleración de acuerdo a lo establecido por la Ley de tránsito y Seguridad Vial Nº 24.449, todo para evitar la posibilidad de accidentes y coincidir con su ancho en el área de ingreso a la zona de cruce de rutas R 19 y E 52 (Puente e ingresos en ejecución) y disponer de guarda rail para protección a lo largo de la calle colectora lateral.

Y CONSIDERANDO: Que, las donaciones efectuadas por Arroyito Servicios S.A. a la Municipalidad de Arroyito en el año  2010 lo han sido en forma espontánea. Que dicha superficie no ha sido computada como espacio verde, ni como espacio destinado a equipamiento socio comunitario, exigidos por el Código Urbanístico de Arroyito.

                                     Que mediante nota fechada con fecha 5 de agosto de 2015 la Dirección Nacional de Vialidad en nota suscripta por el Ingeniero Villanueva, ha emplazado a la Municipalidad de Arroyito para que regularice la situación en la zona de la colectora paralela a la Ruta 19, exigiendo se reconozca la posesión de esa Repartición Nacional hasta el límite del tendido de la línea de media tensión, existente en el lugar desde 1970, lo cual determina un ancho en ese sector de 52 metros.

                                Que la modificación de la Ordenanza 1446/2010 y la desafectación de la superficie no afectan los intereses del Municipio, siendo además que se está frente a una situación conflictiva y litigiosa con la Dirección Nacional de Vialidad, órgano que reclama detentar posesión pública e ininterrumpida  de la misma superficie, desde hace 45 años.

                  Que asimismo ello permitirá solucionar los accesos al Loteo, y dar mayor seguridad a la circulación vial en el sector, siendo las superficies en cuestión, destinadas exclusivamente al uso público, mediante su utilización como vías de tránsito.

                Que se debe garantizar el libre acceso de los predios cuyos frentes colindan con la Ruta Nacional Nro. 19 a través de la calle colectora paralela a la mencionada ruta y su acceso a la misma, con la condición que se ajuste a los requerimientos de seguridad vial fijados por Vialidad Nacional.

                                        Que Arroyito Servicios S.A. ha donado al Municipio, una superficie de ocho mil seiscientos dieciocho metros cuadrados (8.618 m2), mediante convenio de fecha nueve de Mayo del año Dos Mil Doce, que integrarán el Dominio Público Municipal, y la superficie de veinte mil ciento ochenta y siete metros con cincuenta y tres centímetros cuadrados (20.187,53 m2), mediante convenio de fecha veintisiete de octubre del año dos mil quince, que deben ser aceptadas por el Concejo Deliberante.

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE 

ORDENANZA:

“ACEPTACIÓN DE DONACIONES DE ARROYITO SERVICIOS S.A. A LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO”

Art. 1º) ACÉPTASE según Convenio de fecha 27 de Octubre de 2015, la donación por parte de Arroyito Servicios S.A. a favor de la Municipalidad de Arroyito de una superficie de terreno conformada por 20.187,53  (veinte mil ciento ochenta y siete con 53/100) metros cuadrados ubicados en los Lotes Nº 2 y 3 según ordenanza Nº 1446/2010, registrados catastralmente como Nº 523758-497477 y Nº 523751-497170, e inscriptos en la matrícula Nº 1.288.282.- 

Art. 2º) ACÉPTASE según convenio de fecha 9 de mayo de 2012 la donación por parte de Arroyito Servicios S.A. a favor de la Municipalidad de Arroyito y con el fin específico de ser destinados a la radicación de: una escuela, un posta policial, y una sala de servicios médicos, de los terrenos designados en plano general como parcelas 33 y 152, con una superficie total de 8.618 m2.

Art. 3º) Las presentes donaciones descriptas en los artículos 1 y 2 no podrán compensarse en futuros loteos de Arroyito Servicios S.A., como a cuenta de espacios verdes, infraestructura social, calles públicas ni ningún otro que pudiera corresponder.

Art. 4º) COMUNÍQUESE publíquese, dese al Registro Municipal, protocolícese y archívese.

DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A LOS DOS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.