ORDENANZA N° 1.661/2.014
«RATIFICACIÓN DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA CELEBRADO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO Y LA FIRMA ARCOR S.A.I.C.»
VISTO: El Convenio celebrado el día 15/08/2.014 entre el Departamento Ejecutivo Municipal de nuestra Ciudad y la firma ARCOR S.A.I.C.
Y CONSIDERANDO: Que, es objeto del convenio suscripto la adquisición por parte de la Municipalidad de la Ciudad de Arroyito de dos lotes de terrenos baldíos, ubicados en la zona sur de la ciudad de Arroyito -con frente sobre Camino a Calchín- los que se designan como Lote 5 y Lote 7 según plano de mensura y subdivisión confeccionado por la Ing. María Jimena Sala, aprobado en Expte. Nº 0589-007426/2014, cuya parte pertinente se acompaña como Anexo I del Boleto referido.
Que la adquisición se debe a la necesidad de adquirir terrenos por parte de la Municipalidad de Arroyito a los fines de poder dar cumplimiento con los planes municipales de vivienda vigentes, lo cual queda plasmado en el convenio referido.
Que, en el contrato de referencia se establece que el mismo se suscribe ad referéndum del Concejo Deliberante de la Ciudad de Arroyito.
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
«RATIFICACIÓN DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA CELEBRADO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO Y LA FIRMA ARCOR S.A.I.C.»
Art. 1°) RATIFÍCASE EN TODOS SUS TÉRMINOS el Convenio celebrado con firma ARCOR S.A.I.C. en fecha 15/08/2.014 para la adquisición por parte de la Municipalidad de la Ciudad de Arroyito de dos lotes de terrenos baldíos, ubicados en la zona sur de la ciudad de Arroyito -con frente sobre Camino a Calchín- los que se designan como Lote 5 y Lote 7 según plano de mensura y subdivisión confeccionado por la Ing. María Jimena Sala, aprobado en Expte. Nº 0589-007426/2014, cuya parte pertinente se acompaña como Anexo I del Boleto, y que se adjuntan a la presente.
Art. 2º) ESTABLÉCESE que deberán destinarse de la subdivisión de los lotes mencionados en el art. 1º (lotes 5 y 7), cien (100) unidades de terreno para la construcción de viviendas municipales correspondientes a los Planes “Casa” y “Casa Social,” quedando los restantes a disposición del municipio.
Art. 3º) COMUNIQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal, protocolícese y archívese.