ORDENANZA N° 1.659/2.014
«AUTORIZACIÓN AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PARA CONTRATAR CRÉDITOS CON LA ASOCIACIÓN MUTUAL ARROYITO Y/O ASOCIACIÓN MUTUAL DEL CENTRO COMERCIAL E INDUSTRIAL DE ARROYITO, DE LA CIUDAD DE ARROYITO «
VISTO: Las atribuciones conferidas al Concejo Deliberante en el artículo 66 inc. 20 de la Carta Orgánica Municipal.-
Y CONSIDERANDO: Que, resulta conveniente la contratación de créditos con la Asociación Mutual Arroyito y/o Asociación Mutual del Centro Comercial e Industrial de Arroyito a los fines de ser destinados a la adquisición de 2 lotes de terrenos de propiedad de la empresa ARCOR, de una Barredora Aspiradora de calles y un Camión 0 km con capacidad para incorporar una barredora aspiradora de calles.-
Que el crédito que se solicita asciende a la suma de Pesos Tres Millones ($ 3.000.000.-) y que financiará parcialmente la adquisición de los lotes, conforme Contrato de Compra y Venta celebrado con la firma ARCOR, el día 15/08/2014 y elevado para su ratificación, y totalmente la adquisición de la Barredora Aspiradora de calles y del Camión 0 Km con capacidad para incorporar una barredora aspiradora de calles según Pliegos de Licitación Pública Nº 01/2014 aprobada por Ordenanza Nº 1656/2014, promulgada por Decreto 408-W/14 de fecha 05/08/2014 y Licitación Pública Nº 02/2014, aprobada por Ordenanza Nº 1.655/2014, promulgada por Decreto 407-W/14.
Que tanto las condiciones de financiamiento que se revelan como convenientes, y la inexistencia de líneas de créditos disponibles para reparticiones públicas en las entidades bancarias de la ciudad, fundamentan la celebración del préstamo referido.
Que de las propuestas realizadas por mutuales de la Ciudad de Arroyito, resultan convenientes económicamente las realizadas por la Asociación Mutual Arroyito domiciliada en calle San Martín 264 y/o por la Asoc. Mutual del Centro Comercial e Industrial de Arroyito, con domicilio en calle Belgrano 1.158, ambas de la ciudad de Arroyito.
Que la contratación de la suma mencionada se realizaría mediante la celebración de dos (2) préstamos de $ 1.500.000, los que serán devueltos de la siguiente forma: Cada uno de ellos mediante (18) dieciocho cuotas mensuales a una tasa entre el 2,60 % y 2,80 % mensual.-
Que, en virtud del tipo de crédito a celebrar y las posibilidades ofrecidas por la Asociación Mutual Arroyito y/o Asociación Mutual del Centro Comercial e Industrial de Arroyito, se deberá facultar al Departamento Ejecutivo Municipal para el refinanciamiento de las sumas solicitadas de ser estrictamente necesario, debiendo remitirse copia de la refinanciación al Concejo Deliberante para su ratificación.
Que las adquisiciones a efectuar resultan de imperiosa necesidad a los fines de cumplir con la construcción de viviendas municipales y prestar un eficiente servicio de barrido y limpieza a nuestra ciudad, además de contar en el presupuesto vigente con partidas suficientes que permiten atender los servicios mensuales de los citados créditos, no surgiendo compromiso financiero de magnitud que pueda comprometer la normal marcha y funcionamiento del Municipio.
POR ELLO,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
«AUTORIZACIÓN AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PARA CONTRATAR CRÉDITOS CON LA ASOCIACIÓN MUTUAL ARROYITO Y/O ASOCIACIÓN MUTUAL DEL CENTRO COMERCIAL E INDUSTRIAL DE ARROYITO, DE LA CIUDAD DE ARROYITO «
Art. 1º) AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a contratar con la Asociación Mutual Arroyito, C.U.I.T. 30-66920151-2, con domicilio en calle San Martín 264 y/o Asociación Mutual del Centro Comercial e Industrial de Arroyito, C.U.I.T. 30-70928610-9, con domicilio en calle Belgrano 1158, ambas de la ciudad de Arroyito: dos (2) préstamos de $ 1.500.000, los que serán devueltos de la siguiente forma: Cada uno de ellos mediante (18) dieciocho cuotas mensuales a una tasa entre el 2,60 % y 2,80 % mensual, facultando al Departamento Ejecutivo Municipal para proceder a la refinanciación de dichos préstamos debiendo, en dicho supuesto, remitir copia de la misma al Concejo Deliberante para su ratificación.
Art. 2º) FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo para que, en caso de conseguir un préstamo a una tasa menor a la estipulada en el Art. 1º), pueda disponer del mismo. En caso de hacer uso de esta opción, deberá remitir al Concejo Deliberante copia con el detalle de la documentación correspondiente a dicho préstamo.
Art. 3º) IMPUTAR el ingreso de los créditos a contratar con las mutuales mencionadas en el art. 1º) a la Partida de Ingreso 8.2.2.02.01.00.00.00 – Préstamos o Subsidios Reintegrables – del Presupuesto vigente.
Art. 4º) COMUNIQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal, protocolícese y archívese.