Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1.658/2.014

«NÓMINA DE TERRENOS DE PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO DESTINADOS A LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS»

VISTO: El acelerado crecimiento demográfico de nuestra ciudad que ha generado una demanda de terrenos para otorgar solución a los problemas habitacionales.

Y CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Municipal tiene un compromiso con los sectores más necesitados de la ciudad, y así dar cumplimiento a los mandatos de nuestra Carta Orgánica Municipal, que entre tantas facultades, atribuye a los órganos de gobierno municipal la promoción, planificación y ejecución de políticas habitacionales (artículo 25 inciso 7º y 8º) y de acciones para la atención de la familia como célula social básica (artículo 34).

Que la ordenanza Nº 1309/2008 autoriza, en su artículo 1º a que el Departamento Ejecutivo Municipal disponga de lotes de terreno de dominio privado de esta Municipalidad de Arroyito.

Que en este sentido, se ha procedido a realizar el relevamiento de los terrenos 12 de la manzana 212, 04 de la manzana 456 y los lotes 01, 34, 35, 38 y 39 de la manzana 440.

Que debido a que los lotes 12. 04, 01, 38 y 39, fueron objeto de contratos de comodato que a la fecha se encuentran vencidos y sin edificación alguna, resultó necesario proceder a su rescisión. En los lotes 12, 04 se efectuó mediante notificación particular, con firma de recepción, a los interesados; los lotes 01, 38 y 39, debido a no encontrarse la persona interesada en el domicilio denunciado, fue necesaria la intervención de una Escribana Pública, a los fines de dejar asentada dicha situación y la rescisión se llevó a cabo de oficio a través del decreto 353-W/14. Respecto de los lotes 34 y 35 nunca se ha realizado ninguna disposición sobre ellos.

Que a los fines de la disposición por parte del Departamento Ejecutivo Municipal de los terrenos de propiedad de la Municipalidad de Arroyito y atento a lo dispuesto por el artículo 2º de la mencionada ordenanza Nº 1309/2008, se procede a través de la presente, a poner en conocimiento del Concejo Deliberante la nómina de los terrenos para su aprobación.

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 2º inciso b de la misma ordenanza y a los fines de comunicar al Concejo, se adjunta a la presente como anexo I, el listado de solicitantes con la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 3º de la ordenanza 1309/2008.

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE 

ORDENANZA:

«NÓMINA DE TERRENOS DE PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DE ARROYITO DESTINADOS A LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS»

Art. 1º) APRUÉBASE la nómina de inmuebles municipales que figuran integrando el anexo I de la presente, a los fines previstos por la ordenanza Nº 1.309/2008, artículo 2º, inciso a). 
Art. 2º) COMUNIQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal y protocolícese