Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1.650/2.014

“AUTORIZANDO AL INTENDENTE MUNICIPAL A SUSCRIBIR ACUERDO CON EL SEÑOR MAXIMO ALBERTO FUENTES”

FUNDAMENTOS

VISTO: La necesidad de dar una solución a la situación suscitada con motivo de la tenencia mediante la ocupación desde hace más de veinte (20) años de la Calle Urquiza por parte del Señor Máximo Alberto Fuentes.

Y CONSIDERANDO: Que, la empresa ARCOR S.A.I.C ha efectuado gestiones con el Señor Fuentes para arribar a un acuerdo tendiente a erradicar toda construcción y ocupación por parte del mismo, de  los inmuebles de propiedad de ARCOR S.A.I.C. identificados como lote 8 de la manzana 205 y lote 19 de la manzana 205, como así mismo de la superficie de la calle Urquiza de la Ciudad de Arroyito.

                      Que el asentamiento del Señor Máximo Fuentes sobre la calle Urquiza afecta la circulación, impidiendo la apertura de la misma para el normal tránsito de las personas y la conexión en 100 metros, entre el este y oeste de esa calle. 

                      Que la actividad desarrollada por el Señor Fuentes en el sector ha originado constantes reclamos de los vecinos.

                     Que la tenencia del Señor Fuentes de los inmuebles de Arcor S.A.I.C. y de la superficie de la calle, se ha prolongado en el tiempo ininterrumpidamente por más de veinte años, por lo cual es necesario intentar arribar a un acuerdo pacífico para su desocupación, o en su caso iniciar las acciones legales en sede judicial para lograr dichos fines.

                      Que aparece como razonable y conveniente intentar arribar a una solución consensuada y extrajudicial como primera medida proponiendo al Señor Fuentes formalizar un acuerdo en los siguientes términos: A cambio de la desocupación total e inmediata de la superficie de la calle Urquiza y de los inmuebles de Arcor S.A.I.C.: Arcor entrega al Señor Fuentes en carácter de dación en pago el lote 25 de la manzana 441, de 303,33 m2. de superficie, (Prov.Mz.109), zona sur de la ciudad de Arroyito, el que se encuentra inscripto a nombre de ARCOR S.A.I.C. y la suma de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($150.000), y la Municipalidad de Arroyito se obliga  a construir en un plazo de seis (6) meses, sobre dicho terreno una vivienda, para lo cual se utilizará uno de los Kits de Materiales para la Construcción de Viviendas recibidos del Gobierno de la Provincia de Córdoba (Ordenanza Nº 1.631/2.013-Decreto  002/2014), el cual se compone de dos dormitorios, conforme la descripción y planos que se adjunta a la presente, aportando el Municipio la mano de obra y materiales que fueran necesarios, a cuyo fin se autoriza su contratación. 

                      Que, al momento de la suscripción de los convenios del Señor Fuentes con ARCOR S.A.I.C. y con la Municipalidad de Arroyito, en forma simultánea, ARCOR S.A.I.C., procederá a la demolición y extracción de toda construcción existente sobre la calle Urquiza de esta Ciudad, liberando su traza, como así mismo de las construcciones existentes sobre los inmuebles de su propiedad.

                      Que en virtud de lo expresado se hace necesario e imprescindible que el Cuerpo Legislativo Municipal, autorice al Señor Intendente a suscribir acuerdo con el Señor Fuentes en los términos señalados precedentemente, con la condición suspensiva de que se firme previamente el convenio del Señor Fuentes con ARCOR S.A.I.C., comprometiéndose el Departamento Ejecutivo a rendir cuenta de lo actuado con motivo de esta autorización en el plazo de cinco (5) días de suscripto el acuerdo, acreditando la efectiva liberación de la traza de la calle Urquiza de la Ciudad de Arroyito.

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE 

ORDENANZA:

“AUTORIZANDO AL INTENDENTE MUNICIPAL A SUSCRIBIR ACUERDO CON EL SEÑOR MAXIMO ALBERTO FUENTES”

Art. 1º)  AUTORIZASE al Señor Intendente de la Ciudad de Arroyito, Cr. Mauricio Andrés Cravero a suscribir acuerdo con el Señor Máximo Alberto Fuentes, D.N.I.10.956.940, en los términos señalados precedentemente, con la condición suspensiva de que se firme previamente el convenio del Señor Fuentes con ARCOR S.A.I.C. conforme lo señalado en los considerandos.-

Art. 2º) OBLIGASE al Departamento Ejecutivo a rendir cuenta de lo actuado con motivo de esta autorización en el plazo de cinco (5) días de suscripto el acuerdo, acreditando la efectiva liberación de la traza de la calle Urquiza de la Ciudad de Arroyito y remitiendo copia de los convenios suscriptos por ARCOR SAIC y por el Municipio con el Señor Máximo Fuentes.-
Art. 3º) COMUNÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal, Protocolícese y archívese.