Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1.645/2.014

“RATIFICACIÓN DE ACTA – ACUERDO CELEBRADA CON LA MUNICIPALIDAD DE SAN FRANCISCO POR EXTENSIÓN ÁULICA DEL CENTRO DE RECUPERO DE PUNTOS EN LICENCIAS DE CONDUCIR”

FUNDAMENTOS

VISTO: El Acta Acuerdo celebrado entre los Sres. Intendentes de las Municipalidades de Arroyito y San Francisco para poner en funcionamiento en la Ciudad de Arroyito una Extensión Áulica del Centro de Recupero de Puntos en las licencias de conducir. 

Y CONSIDERANDO: Que, el Centro de Recupero de Puntos que funciona en la Ciudad de San Francisco ha sido habilitado por la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito de la Provincia de Córdoba mediante Resolución Nº 45 de fecha 10/02/2011.

Que, mediante Resolución Nº 28 del 06/08/2013 se autorizó a la Extensión Áulica del Centro de Recupero de Puntos de la Municipalidad de San Francisco para el dictado de Cursos de Recupero de Puntos de Licencias de Conducir en la Municipalidad de Arroyito y Morteros.

Que, como lo menciona el Art. 66 inciso 21 de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Concejo Deliberante la ratificación de convenios celebrados por el Departamento Ejecutivo con entes públicos o privados provinciales y nacionales.

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE 

ORDENANZA:

“RATIFICACIÓN DE ACTA – ACUERDO CELEBRADA CON LA MUNICIPALIDAD DE SAN FRANCISCO POR EXTENSIÓN ÁULICA DEL CENTRO DE RECUPERO DE PUNTOS EN LICENCIAS DE CONDUCIR”

Art. 1º) RATIFÍCASE EN TODOS SUS TÉRMINOS el Acta Acuerdo celebrado entre los Sres. Intendentes Municipales de la Ciudad de Arroyito y San Francisco, Mauricio Andrés CRAVERO y Martín LLARYORA, que autoriza la extensión áulica del Centro de Recupero de Puntos de Licencias de Conducir de la Municipalidad de San Francisco, habilitado por Resolución Nº 45 de la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito de la Provincia de Córdoba, en la Municipalidad de Arroyito, en la dirección de calle Rivadavia esquina General Paz, en los términos que disponen la Resolución referida y la Resolución Nº 28 de fecha 06/08/2013. 

Art. 2º) ESTABLÉCESE que los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán a exclusivo cargo de la Municipalidad de Arroyito. 

Art. 3º) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal, protocolícese y archívese.