Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1.638/2.014

“RATIFICACIÓN DEL ACUERDO CELEBRADO CON EL SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE ARROYITO (S.O.E.M.A.) Y CON EL SINDICATO UNIÓN OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES (S.U.O.E.M.) DE FECHA 27/03/2014”

FUNDAMENTOS

VISTO: El acuerdo celebrado entre el Departamento Ejecutivo Municipal y el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Arroyito (S.O.E.M.A.) y el Sindicato Unión Obreros y Empleados Municipales (S.U.O.E.M.), referido al incremento de salarios y análisis de personal al que le corresponde el pago de adicionales conforme tareas realizadas. 

Y CONSIDERANDO: Que, en el convenio referido, las partes disponen el compromiso de la Municipalidad de Arroyito de realizar un incremento de salarios otorgados sobre el Básico de Categorías de las remuneraciones de todos los trabajadores de PLANTA PERMANENTE, CONTRATADOS Y JORNALIZADOS con carácter remuneratorio, del dieciocho por ciento (18%) a partir del uno de marzo del año dos mil catorce (01/03/2014), calculado sobre los básicos actualizados al mes de marzo de 2014, que a partir del uno de agosto del año dos mil catorce (01/08/2014), se concede el aumento del doce por ciento (12%) con carácter no remunerativo sobre las remuneraciones del mes de julio del año dos mil catorce. El carácter de no remunerativo implica que a este adicional no se le practiquen retenciones ni aportes de ninguna índole. Dicho adicional se mantendrá fijo hasta el treinta de noviembre de dos mil catorce y a partir del primero de diciembre de dos mil catorce se incorporará a valores históricos calculados sobre los básicos actualizados al mes de noviembre de 2014, para cada categoría de la uno (1) a la veinticuatro (24), vigentes a dicha fecha.

Que en el mencionado convenio, la Municipalidad de la Ciudad de Arroyito, el S.O.E.M.A. y el S.U.O.E.M. se comprometen en un término de 90 días a partir de la celebración del presente convenio a revisar según el Estatuto de Empleados Municipales y determinar a quiénes les corresponde el pago de adicionales de acuerdo a la tarea realizada, mediante el relevamiento de la actividad que realiza el trabajador.

Que, como lo menciona el artículo 66 inciso 21 de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Concejo Deliberante la ratificación de convenios celebrados por el Departamento Ejecutivo con entes públicos o privados, provinciales y nacionales.

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE 

ORDENANZA:

“RATIFICACIÓN DEL ACUERDO CELEBRADO CON EL SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE ARROYITO (S.O.E.M.A.) Y CON EL SINDICATO UNIÓN OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES (S.U.O.E.M.) DE FECHA 27/03/2014”

Art. 1º)  RATIFÍCASE EN TODOS SUS TÉRMINOS el Acuerdo celebrado entre el DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, representado por el Sr. Intendente Municipal, Cr. Mauricio Andrés CRAVERO y el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE ARROYITO (S.O.E.M.A.), representado en este acto por los señores Diego DOMÍNGUEZ y Jorge Omar QUIROGA, y el SINDICATO UNIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES (S.U.O.E.M.), representado por el señor Javier Alberto VEGA referido a un incremento de salarios.

Art. 2º) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal, protocolícese y archívese.-