Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1621/2013

“APROBACIÓN DE LA VARIACIÓN DE COSTO DEL PRECIO DE PAVIMENTO SOLICITADA POR LA COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS PÚBLICOS DE ARROYITO LIMITADA (C.E.S.P.A.L.)”

FUNDAMENTOS

VISTO: La nota presentada por la Cooperativa de Electricidad y Servicios Públicos de Arroyito Limitada (C.E.S.P.A.L.) por la que se sugiere la adecuación del precio de la Obra de Pavimento.

Y CONSIDERANDO: Que, a los fines de la determinación del costo del precio de pavimento la peticionante cursa una misiva a la que acompaña Planilla de Variación de Costo de la que surgen los coeficientes de variación que justifican el pedido realizado (copia de la misma corre agregada a la presente).

Que el precio del pavimento ya ha sido modificado mediante el dictado de la Ordenanza Nº 1574/2012 de fecha 26 de julio de 2012, de conformidad con el Art. 58 de la Ordenanza de Pavimentación Nº 42/70.

Que el Secretario de Obras Públicas de la Municipalidad, quien cumple funciones que corresponden al Director Técnico Municipal que menciona la Ordenanza Marco “Pavimentación de las Calles de Arroyito” mencionada, considera que es conveniente a los fines de zanjar los aumentos producidos en el ultimo año, reajustar en un diez por ciento (10%) el precio del pavimento, ajustándose a la realidad económico-financiera vigente, por lo que se aprueba parcialmente la solicitud realizada, considerando necesaria la variación de costo del precio del metro cuadrado de pavimento.

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE 

ORDENANZA:

“APROBACIÓN DE LA VARIACIÓN DE COSTO DEL PRECIO DE PAVIMENTO SOLICITADA POR LA COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS PÚBLICOS DE ARROYITO LIMITADA (C.E.S.P.A.L.)”

Art. 1°) APRUÉBASE la variación de costo del precio del metro cuadrado del pavimento solicitada por la Cooperativa del Electricidad y Servicios Públicos de Arroyito Limitada (C.E.S.P.A.L.) en un porcentaje del diez por ciento (10%) del precio actual, ascendiendo el precio final del metro cuadrado de pavimento a la suma de Pesos DOSCIENTOS QUINCE CON SESENTA CENTAVOS ($ 215,60), desde el mes de Agosto del corriente año, según fundamentos que surgen de la presente, en un todo de acuerdo al Artículo 58º de la Ordenanza de Pavimentación Nº 42/70.-

Art. 2º) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Municipal,  protocolícese y archívese.-

DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.