Concejo Deliberante

ORDENANZA N° 1590/2012

“AUTORIZACIÓN PARA LA TOMA DE PRÉSTAMO DEL FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA”

FUNDAMENTOS

VISTO: La necesidad de contar con los recursos necesarios para la ejecución de la Obra: “ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE SECTOR SUR” de la Ciudad de Arroyito, que hoy se encuentra en marcha.

Y CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la Provincia de Córdoba tiene la facultad de otorgar préstamos para la financiación de obras a los Municipios a través del Fondo Permanente para la Financiación de Proyectos y Programas de los Gobiernos Locales de la Provincia de Córdoba, ya que la Municipalidad de Arroyito cumple con todos los requisitos necesarios para la adjudicación de tal préstamo. 

Que a través de la Ordenanza Nº 1.115/2.004 este Municipio se adhirió a la Resolución de la Unidad de Trabajo, Provincia y Municipios, que crea el Fondo antes mencionado. El artículo 4º de la Resolución especifica que el Fondo de Financiación será aplicado para financiar proyectos de obras públicas de infraestructura en la jurisdicción de cada municipio.

Que dentro de las mayores problemáticas existentes actualmente en la Ciudad de Arroyito, se encuentra el sistema de abastecimiento de agua potable, el cual se realiza a través de tres perforaciones situadas en el sector norte de la ciudad las cuales almacenan el líquido en un tanque elevado el que por fuerza de gravedad abastece a la población, los que son insuficientes, debido al incremento poblacional, y a la extensión de la mancha urbana, que conllevaron a una disminución de la presión en el sector sur, siendo necesario una remodelación del sistema.

Que sobre la base de esta situación se ha planteado la sectorización en sector norte y sector sur a los efectos del abastecimiento de agua potable, junto con el establecimiento de una nueva fuente de agua para el sector sur y la ejecución de una nueva estación de bombeo. Asimismo el proyecto planteado incluye la ejecución e instalación de nuevos tramos de cañería y accesorios de maniobra.

Que por ello se ha llamado a la Licitación Pública Nº 03/2.012, realizada por Ordenanza Nº  1.573/2.012, promulgada por Decreto Nº 216-U/12, para “LA CONTRATACIÓN DE LA OBRA: ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE SECTOR SUR” de la Ciudad de Arroyito.

Que la licitación se realizó en tiempo y forma tal cual lo prevé la normativa vigente.

Que a la misma se presentó un solo oferente: la empresa Sanzone y Digon S.R.L., a quien oportunamente se le requirió la posibilidad de reformular y mejorar la propuesta económica realizada.

Que la empresa oferente reformuló y mejoró la oferta dejando sin efecto la ejecución del Ítem 2 (perforación) y 14 (provisión de bomba sumergible) de la propuesta básica realizada en oportunidad de la licitación, los cuales incluían la provisión de materiales. 

Que sobre la base de dicha oferta mejorada, mediante Decreto nº 345-U/12, se adjudicó a la empresa Sanzone y Digon S.R.L. la Licitación Pública Nº 03/2012, por la suma de Pesos Un Millón Trescientos Cuatro Mil Cuatrocientos ($1.304.400,00.-) IVA incluido, declarándose desiertos los puntos referidos a la perforación (60 metros 10’’ y 180 metros 8’’), con materiales, filtros, caño camisa, mano de obra, aforo y todo lo necesario para dejar activa la perforación; y la adquisición e instalación de electrobomba sumergible, con cable de alimentación eléctrica, con cañería de descarga y conexión a tablero control comando.-

Que de acuerdo a lo normado en la Ordenanza de Presupuesto vigente y dada la importancia y urgencia de la obra, fueron contratados de manera directa a proveedores especializados los materiales y la mano de obra para los puntos declarados desiertos, de acuerdo a los presupuestos solicitados por la Secretaría de Servicios Públicos.-   

Que de esta manera, a través del Decreto Nº 387-U/12 se contrató la compra de: 76,80 mts. de caño con rosca y cupla para bajada de bomba reforzados, de diámetro 6,35 mm., con cuplas reforzadas en largos, negro sin galvanizar; 80 mts. de caño de acero diámetro de 10”; 110 mts. de caño de acero diámetro 6”; 30 mts. de caño filtro galvanizado de diámetro 6”; 1 reducción concéntrica para soldar de diámetro 10” a la firma Marco Aurelio Sosa S.A., CUIT Nº 30504812193, por la suma de Pesos Ciento Doce Mil Ochocientos Dos con Cuarenta y Nueve Centavos ($112.802,49.-), IVA incluido. 

A través del Decreto Nº 388-U/12 se contrató la provisión del servicio mano de obra con maquinaria para la perforación de 240 mts. de profundidad, 5 m3 de grava para sellado, tramites para habilitación en Dipas, e instalación en posición definitiva de nueva bomba sumergible, para la Obra: Abastecimiento de Agua Potable Sector Sur de la Ciudad de Arroyito al Sr. Jorge Mario Carranza, CUIT Nº 20139554516; por la suma de Pesos Doscientos Cincuenta y Dos Mil Cuatrocientos Seis ($ 252.406,00.-), IVA incluido. 

Y a través del Decreto Nº 389-U/12 se contrató la compra de: un motor de bomba potencia 75 HP, un cuerpo de bomba modelo BMS 1025R2/75, un tablero control comando y 85 mts. de cable vaina chata de 3×25 mm.; a la firma Hidromec de Fernando R. García, CUIT Nº 20-11972077-0, con domicilio en Av. Madrid nº 2314, de la Ciudad de Córdoba; por la suma de Pesos Ochenta y Dos Mil Setecientos Sesenta y Dos ($82.762,00.-), IVA incluido.

Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 21º sección 13, de la resolución antedicha, la autorización para la toma del crédito del fondo permanente y su restitución deberán efectuarse mediante Ordenanza de Concejo Deliberante Municipal.

POR ELLO,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO SANCIONA CON FUERZA DE 

ORDENANZA:

“AUTORIZACIÓN PARA LA TOMA DE PRÉSTAMO DEL FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA”

Art. 1º) FACÚLTASE, al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione y tome del FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, un préstamo de hasta PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000,00.-), correspondiente a la cuota 15 del programa mencionado (Ordenanza Nº 1.115/2.004), con destino a la realización de la Obra: “ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE SECTOR SUR” de la Ciudad de Arroyito, cuyas características generales se describen en el considerando de la presente Ordenanza.- 

Art. 2º) FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que tome un préstamo de hasta Pesos Trescientos Mil ($300.000,00.-), con el destino mencionado precedentemente, que se devolverá en treinta y seis (36) cuotas mensuales de de PESOS OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON TREINTA Y TRES CENTAVOS ($ 8.333,33.-) cada una.-

Art. 3º) FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que suscriba toda la documentación requerida por la entidad prestataria siguiendo la política ya utilizada por el Gobierno de la Provincia de Córdoba en oportunidad de la obtención de otros préstamos en el marco del programa referenciado – Ordenanza Nº 1.115/2.004.-

Art. 4º) COMUNÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal, Protocolícese y archívese.-

DADA EN SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ARROYITO A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.